Y.P.F. SA c/ PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO Y OTRO s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
La Corte Suprema hizo lugar a la queja de YPF S.A. y revocó la sentencia del Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego en el juicio contencioso administrativo, ordenando dictar un nuevo pronunciamiento. La ministra Argibay votó en disidencia por declarar inadmisible el recurso extraordinario.
Actor (recurrente): YPF S.A., representada por el Dr. Rogelio Driollet Laspiur.
¿A quién se demanda?
Provincia de Tierra del Fuego.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
proceso contencioso administrativo iniciado por YPF S.A. contra la Provincia de Tierra del Fuego. La presente causa es una queja por denegación del recurso extraordinario federal; el fallo remite a la causa Y.63.XL "YPF SA c/ Provincia de Tierra del Fuego s/ contencioso administrativo", resuelta en la misma fecha, por ser sustancialmente análogas las cuestiones planteadas.
¿Qué se resolvió?
la mayoría hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario, revocó la sentencia recurrida con costas y devolvió los autos al tribunal de origen para un nuevo pronunciamiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
la Corte se remite a los términos de la sentencia dictada en la causa Y.63.XL por razones de brevedad, por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas. Dado el carácter remisorio del fallo, no se transcriben considerandos propios de esta causa.
¿Cómo votaron los jueces?
la Dra. Carmen M. Argibay, en disidencia, consideró que el recurso extraordinario era inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación), por lo que votó por desestimar la queja y declarar perdido el depósito de fs. 1.
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Normas que cita
- CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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