JurisprudenciaARG
Corte Suprema

HERRERA JOSE SILVIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios en el reclamo de reajuste de haberes previsionales contra la ANSeS. Confirmó la tasa de interés fijada en el precedente Aguilar y revocó las sentencias apeladas con el alcance que surge de los precedentes Schiariti, Iglesias y Arena, declarando la inconstitucionalidad de los artículos 22 y 23 de la ley 24.463 y del artículo 21 de la ley de Solidaridad Previsional.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
H. 59. XXXVIII. ROR
Reajuste de haberes previsionales Movilidad jubilatoria Inconstitucionalidad Ley 24.463 Ley de solidaridad previsional Tasa de interes Anses Recurso ordinario Precedente aguilar Precedente schiariti

¿Quién es el actor?

José Silvio Herrera; Ana María Arrillaga; Horacio Pedro Iriart (los autos fueron acumulados).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios de haberes previsionales.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedentes los recursos ordinarios, confirmó las sentencias apeladas en cuanto a la tasa de interés según lo resuelto en "Aguilar, Froilán" y las revocó con el alcance que surge de "Schiariti, Oscar Nicolás", "Iglesias, Manuel" y "Arena, Alfredo". Las costas se impusieron por su orden (art. 21, ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"1°) Que las cuestiones relacionadas con la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 22 y 23 de la ley 24.463, han sido examinadas y resueltas por el Tribunal en el precedente publicado en Fallos: 323:1861 ("Schiariti") y en la causa I.110.XXXV. "Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad", fallada con fecha 17 de abril de 2001."

"2°) Que los agravios relacionados con la declaración de inconstitucionalidad del articulo 21 de la ley de Solidaridad Previsional han sido resueltos por esta Corte en Fallos: 324:2360 ("Arena"), a cuyos fundamentos cabe remitirse por razón de brevedad."

"3°) Que los agravios vinculados con la tasa de interés encuentran adecuada respuesta en el precedente publicado en Fallos: 325:1185 ("Aguilar"), a cuyas consideraciones cabe remitirse por razón de brevedad."

Se trata de una sentencia que remite a precedentes; no contiene votos en disidencia.

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 21, 22, 23 · Solidaridad previsional

Fallos que cita

  • Schiariti, Oscar NicolásCSJN · Fallos 323:1861
  • Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 17/04/2001
  • Arena, AlfredoCSJN · Fallos 324:2360
  • Aguilar, FroilánCSJN · Fallos 325:1185

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