JurisprudenciaARG
Corte Suprema

RICHETTI MARIA FERNANDA s/INFORMACION SUMARIA

La actora promovió recurso extraordinario contra la sentencia de la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social, en el marco de una información sumaria. La Corte Suprema, por mayoría, declaró procedente el recurso, dejó sin efecto la sentencia apelada y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 951. XL. RHE
Recurso extraordinario Recurso de hecho Informacion sumaria Seguridad social Sentencia dejada sin efecto Inadmisibilidad Art. 280 cpccn Dictamen de la procuradora fiscal Nuevo pronunciamiento Camara federal de la seguridad social

¿Quién es el actor?

María Fernanda Richetti.

¿A quién se demanda?

no surge del texto (la causa figura como información sumaria).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

información sumaria tramitada ante la Seguridad Social.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia de la Cámara, devolviendo los autos para un nuevo pronunciamiento. En la queja, por separado, Lorenzetti y Argibay votaron por desestimar la presentación directa por inadmisibilidad del recurso extraordinario; esa postura quedó en minoría.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios de la apelante encuentran adecuada respuesta en los fundamentos del dictamen de la señora Procuradora Fiscal, que esta Corte comparte y a los que se remite por razón de brevedad." La Corte remite a los fundamentos del dictamen de la Procuradora Fiscal, sin desarrollo propio. (En disidencia, los votos de Lorenzetti y Argibay sostuvieron la inadmisibilidad del recurso extraordinario por aplicación del art. 280 del CPCCN.)

Normas que cita

  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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