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Corte Suprema

AGUILAR NICOLAS EDUARDO c/ YPF S.A. Y OTROS Y OTRO s/PART. ACC. OBRERO

Un conjunto de recursos de hecho deducidos por el Estado Nacional (Ministerio de Economía) en numerosas causas de particulares contra YPF S.A. y otros, vinculadas a reclamos por inmuebles y escrituración. La Corte Suprema hizo lugar a las quejas, declaró procedentes los recursos extraordinarios y dejó sin efecto las sentencias, remitiendo a los fundamentos del precedente Edesur S.A. c/ Estado Nacional.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 557. XLII. RHE
Recurso de hecho Recurso extraordinario federal Queja Escrituracion Ypf s.a. Estado nacional Ministerio de economia Precedente edesur Sentencias dejadas sin efecto Remision a precedente

¿Quién es el actor?

Nicolás Eduardo Aguilar y otros actores en las causas acumuladas (ver listado en el expediente).

¿A quién se demanda?

YPF S.A., otros codemandados y, en varias causas, el Estado Nacional (Ministerio de Economía).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamos vinculados a la escrituración e inmuebles en el marco de los procesos individuales cuyas sentencias fueron objeto de los recursos extraordinarios.

¿Qué se resolvió?

la Corte hizo lugar a las quejas, declaró procedentes los recursos extraordinarios federales y dejó sin efecto las sentencias apeladas, ordenando que los tribunales de origen dicten nuevos pronunciamientos conforme a lo expuesto. Costas por su orden (art. 68, segundo párrafo, CPCCN). Se ordenó la devolución de depósitos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones traídas a conocimiento de esta Corte resultan sustancialmente análogas a las debatidas y resueltas en la causa E.221.XLI. Edesur S.A. c/ Estado Nacional - Dirección Nacional de Bienes del Estado s/ escrituración, fallada el 25 de noviembre de 2008, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad." La Corte hace saber que el texto del precedente citado se encuentra publicado en su página web.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Edesur S.A. c/ Estado Nacional - Dirección Nacional de Bienes del Estado s/ escrituraciónCSJN · 25/11/2008

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