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Corte Suprema

AUTOLATINA ARGENTINA S.A. (TF 8821-A) c/ DIRECCION GENERAL DE ADUANAS Y OTRO s/RECURSO DE QUEJA

La Corte Suprema hizo lugar a la queja y declaró procedente el recurso extraordinario deducido por Volkswagen Argentina S.A., continuadora de Autolatina Argentina S.A., contra la Dirección General de Aduanas. La mayoría confirmó la sentencia apelada por remisión a la doctrina fijada en el precedente A.528.XXXIV, mientras que el Dr. Moliné O'Connor, en disidencia, votó por dejarla sin efecto.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 655. XXXV. RHE
Recurso extraordinario Recurso de hecho Queja Aduana Direccion general de aduanas Autolatina argentina Volkswagen argentina Remision a precedente Sentencia confirmada Disidencia

¿Quién es el actor?

Volkswagen Argentina S.A., continuadora de Autolatina Argentina S.A. (TF 8821-A).

¿A quién se demanda?

Dirección General de Aduanas.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de hecho deducido contra la sentencia que resolvió la causa de aduana, cuya procedencia se analiza por remisión al precedente A.528.XXXIV ("Autolatina Argentina S.A. (T.F. 7879-A) c/ D.G.A.", sentencia del 10 de abril de 2003).

¿Qué se resolvió?

Por mayoría (Belluscio, Boggiano, López, Vázquez y Maqueda), se hizo lugar a la queja, se declaró formalmente procedente el recurso extraordinario y se confirmó la sentencia apelada, con costas. El Dr. Moliné O'Connor votó en disidencia, proponiendo dejar sin efecto la sentencia apelada, con costas en el orden causado, y que se dicte nuevo pronunciamiento conforme a la doctrina del precedente citado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que resultan de aplicación al caso, en lo pertinente, los fundamentos y conclusiones expuestos en la causa A.528.XXXIV 'Autolatina Argentina S.A. (T.F. 7879-A) c/ D.G.A.', sentencia dictada el 10 de abril de 2003, a la que corresponde remitirse en razón de brevedad."

¿Cómo votaron los jueces?

"Que resulta aplicable a la cuestión debatida en el sub lite la doctrina establecida, el 10 de abril de 2003, en la causa A.528.XXXIV 'Autolatina Argentina S.A. (T.F. 7879-A) c/ D.G.A.' disidencia del juez Moliné O'Connor, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse, en lo pertinente, en razón de brevedad."

Normas que cita

  • Ley 25.344art. 6 · Emergencia economica-financiera

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