JurisprudenciaARG
Corte Suprema

AUTOLATINA ARGENTINA S.A. -TF 8447-A c/ DIRECCIN GENERAL DE ADUANAS s/RECURSO EXTRAORDINARIO

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por Autolatina Argentina S.A. y dejó sin efecto la sentencia apelada, remitiendo a la doctrina fijada el 10 de abril de 2003 en la causa A.528.XXXIV. La causa vuelve al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento conforme a ese precedente.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 490. XXXVII. REX
Recurso extraordinario Doctrina del precedente Autolatina argentina s.a. Direccion general impositiva Sentencia dejada sin efecto Nuevo pronunciamiento Costas Materia tributaria Precedente a.528.xxxiv Reenvio

Actor (recurrente): Autolatina Argentina S.A. (TF 8447-A).

¿A quién se demanda?

Dirección General Impositiva (D.G.A.).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso extraordinario contra la sentencia que resolvió la controversia fiscal (TF 8447-A).

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, se declaró procedente el recurso extraordinario y se dejó sin efecto la sentencia apelada, con costas, ordenando el dictado de un nuevo pronunciamiento conforme a la doctrina del precedente A.528.XXXIV.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que resulta aplicable a la cuestión debatida en el sub lite la doctrina establecida por el Tribunal, el 10 de abril de 2003, en la causa A.528.XXXIV 'Autolatina Argentina S.A. (T.F. 7879-A) c/ D.G.A.', a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse, en lo pertinente, en razón de brevedad."

"Por ello, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada. Con costas. Notifíquese con copia del precedente al que se remite y vuelvan los autos al tribunal de origen a fin de que, por quien corresponda, se dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo a la doctrina fijada en el mencionado precedente."

¿Cómo votaron los jueces?

"se declara procedente el recurso extraordinario y se confirma la sentencia apelada. Con costas en el orden causado en atención a las particularidades del caso."

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