JurisprudenciaARG
Corte Suprema

PALOMEQUE RAMON LUIS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Jubilado demandó a la ANSeS por reajustes varios de su haber previsional. La Corte Suprema declaró parcialmente procedente el recurso de la demandada, confirmó la tasa de interés fijada conforme al precedente Spitale y revocó la sentencia en cuanto a la pauta de movilidad aplicable desde abril de 1995, según el precedente Pérez.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 1759. XL. ROR
Seguridad social Reajuste de haberes jubilatorios Movilidad previsional Ley 22.955 Ley 24.463 Tasa pasiva de interes Desercion del recurso Fundamentacion suficiente Anses Jubilacion

¿Quién es el actor?

Ramón Luis Palomeque, jubilado.

¿A quién se demanda?

ANSeS.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste de haberes jubilatorios, con aplicación de la ley 22.955 hasta marzo de 1995 y, desde allí, de lo dispuesto por el art. 7, inc. 2, de la ley 24.463; también se discute la tasa pasiva de interés y la pauta de movilidad desde abril de 1995.

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, la Corte declaró parcialmente procedente el recurso ordinario de la demandada, procedente el del actor, confirmó la sentencia en cuanto a la tasa de interés (conforme "Spitale") y la revocó con el alcance que surge de "Pérez" respecto de la pauta de movilidad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Sobre la derogación de las leyes 22.955 y 24.019: "las críticas esgrimidas por la ANSeS respecto de la derogación de las leyes 22.955 y 24.019, no guardan relación con lo decidido por la alzada que, sobre el punto, aplicó las disposiciones que la demandada pretende hacer valer, lo que impide el tratamiento del remedio intentado y lleva a declarar su deserción sobre este punto."

Sobre la tasa pasiva: "los planteos del organismo previsional relacionados con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en el precedente 'Spitale' (Fallos: 327:3721), al que cabe remitir. Los restantes cuestionamientos efectuados por la demandada no se refieren a aspectos específicos de la sentencia impugnada, por lo que carecen del requisito de fundamentación suficiente."

Sobre la pauta de movilidad desde abril de 1995: "los agravios esgrimidos por el actor, vinculados con la pauta de movilidad que corresponde aplicar a partir del mes de abril de 1995, son sustancialmente análogos a los resueltos por el Tribunal en el precedente P.304.XL 'Pérez, María Magdalena c/ ANSeS s/ reajustes varios', fallado con fecha 31 de marzo pasado, a cuyas consideraciones corresponde remitir por razón de brevedad."

Normas que cita

Fallos que cita

  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
  • Pérez, María Magdalena c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 31/03/2009

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