JurisprudenciaARG
Corte Suprema

LOPEZ MENDEZ HERMINIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La parte actora y la ANSeS dedujeron recursos ordinarios de apelación contra el reajuste de haberes jubilatorios dispuesto por la Cámara Federal de la Seguridad Social. La Corte Suprema, por mayoría, revocó la sentencia apelada con el alcance fijado en el precedente Domínguez, sin imposición de costas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
L. 146. XXXVII. ROR
Movilidad jubilatoria Reajuste de haberes Ley 24.463 Ley 23.928 Ley 21.864 Prescripcion liberatoria Confiscatoriedad Inconstitucionalidad Seguridad social Fallos 323:3135

¿Quién es el actor?

Herminia López Méndez (titular del beneficio previsional).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste varios de los haberes jubilatorios, con cuestionamientos sobre la movilidad de las prestaciones, la prescripción liberatoria, la validez constitucional de las leyes 21.864 y 23.928 y el carácter confiscatorio de la quita aplicada.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, la Corte Suprema revocó la sentencia apelada con el alcance que surge de la causa "Domínguez, Amparo Carmen", sin imposición de costas (art. 21 de la ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"la tacha de inconstitucionalidad formulada por la titular contra la ley 23.928 carece de fundamento, pues la movilidad de las prestaciones jubilatorias correspondientes al período posterior a la fecha de su vigencia no se rige por sus disposiciones sino por la ley 24.463".

"los agravios de la interesada relacionados con la prescripción liberatoria y la invalidez constitucional de la ley 21.864 remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las consideradas y resueltas por el Tribunal en la causa D.37.XXXVII. 'Domínguez, Amparo Carmen c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', fallada el 24 de abril de 2003, a la que corresponde remitir por razón de brevedad".

"tampoco pueden ser atendidos los agravios relacionados con el porcentaje de su haber considerado como no confiscatorio, ya que la quita cuestionada no resulta de aplicación a la movilidad que corresponde al período posterior al 1° de abril de 1991".

"las objeciones del organismo previsional resultan sustancialmente análogas a las resueltas por la Corte en el precedente publicado en Fallos: 323:3135 ('Torres Brizuela'), cuyos fundamentos y conclusiones se dan por reproducidos".

Normas que cita

Fallos que cita

  • Domínguez, Amparo Carmen c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 24/04/2003
  • Torres BrizuelaCSJN · Fallos 323:3135

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.