JurisprudenciaARG
Corte Suprema

COSTANTINI MARESA J. Y OTROS c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL Y OTRO Y OTRO s/AMPARO

La Corte Suprema declaró procedente la queja y formalmente admisible el recurso extraordinario deducido por el Estado Nacional - Ministerio de Defensa en una causa de daños, remitiendo a los fundamentos del precedente Pita, Augusto Axel. Revocó el fallo apelado con el alcance indicado y con costas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 881. XLIV. RHE
Recurso extraordinario Queja Danos y perjuicios Estado nacional Ministerio de defensa Precedente pita Revocacion Costas Art. 68 cpccn.

¿Quién es el actor?

Costantini, Maresa J. y otros.

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional y otros; el recurso fue deducido por el Estado Nacional - Ministerio de Defensa.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

DESCONOCIDO (el fallo no transcribe el objeto del reclamo).

¿Qué se resolvió?

se declaró procedente la queja, se admitió formalmente el recurso extraordinario del demandado y se revocó el fallo apelado con el alcance indicado, con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas resultan sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en la causa P.441.XLI 'Pita, Augusto Axel y otros c/ Estado Nacional - Ministerio de Defensa', sentencia del 7 de abril de 2009, cuyos fundamentos corresponde dar por reproducidos por razón de brevedad."

Asimismo, la Corte remite a lo dictaminado por la señora Procuradora Fiscal en el precedente citado.

Normas que cita

  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Pita, Augusto Axel y otros c/ Estado Nacional - Ministerio de DefensaCSJN · 07/04/2009

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