COSTA OSCAR ALFREDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Un beneficiario de la seguridad social promovió reajustes de su haber previsional contra la ANSeS, cuestionando la constitucionalidad del art. 21 de la ley 24.463 y la tasa de interés aplicada. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios, ordenó el cumplimiento de la sentencia en el plazo del art. 21 de la ley 26.153 y confirmó la distribución de costas y la tasa de interés fijada por los precedentes Flagello y Spitale.
¿Quién es el actor?
Oscar Alfredo Costa.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes varios de haber previsional.
¿Qué se resolvió?
por mayoría, la Corte declaró procedentes los recursos ordinarios interpuestos, ordenó el cumplimiento de la sentencia en el plazo del art. 21 de la ley 26.153 y confirmó la sentencia apelada en lo relativo a la distribución de costas y a la tasa de interés, en concordancia con "Flagello" y "Spitale". Se declaró abstracto el tratamiento del art. 23 de la ley 24.463, por haber sido derogado por la ley 26.153. Los restantes agravios de la ANSeS fueron desestimados por carecer de fundamentación suficiente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los planteos del titular vinculados con la constitucionalidad del art. 21 de la ley 24.463, guardan sustancial analogía con cuestiones que han sido tratadas por esta Corte en la causa 'Flagello' (Fallos: 331:1873), votos concurrentes y disidencias, a cuyas consideraciones corresponde remitir por razón de brevedad."
"Los cuestionamientos de las partes dirigidos a objetar la tasa de interés aplicada, encuentran adecuada respuesta en el precedente 'Spitale' (Fallos: 327:3721), cuyas conclusiones se dan por reproducidas."
"Deviene abstracto el tratamiento de las objeciones de la demandada relacionadas con el artículo 23 de la ley 24.463, pues dicha norma ha sido derogada por la ley 26.153. En virtud de la entrada en vigencia del último cuerpo legal citado, el cumplimiento de esta sentencia deberá efectuarse en el plazo allí previsto (conf. art. 21)."
"Los restantes agravios del organismo previsional no se refieren a aspectos específicos de la sentencia cuestionada por lo que carecen del requisito de fundamentación."
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Normas que cita
- Ley 24.463arts. 19, 21, 23 · Solidaridad previsional
- Ley 26.153art. 21 · Solidaridad previsional
Fallos que cita
- FlagelloCSJN · Fallos 331:1873
- SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
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