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Corte Suprema

GOMEZ ALICIA c/ ROJAS FRENCISCO RAFAEL Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS ACC. TRAN. C/LES. O MUERTE

La Corte Suprema admitió el recurso extraordinario de la aseguradora citada en garantía y revocó la sentencia en cuanto la condenaba a pagar sin límite. Resolvió que la franquicia prevista en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado, de modo que la condena sólo es ejecutable contra la aseguradora dentro de los límites de la contratación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 164. XLV. REX
Seguro de responsabilidad civil Franquicia Oponibilidad al tercero damnificado Citacion en garantia Accidente de transito Recurso extraordinario Limites de la contratacion Ley 48 Danos y perjuicios Aseguradora.

¿Quién es el actor?

Alicia Gómez.

¿A quién se demanda?

Francisco Rafael Rojas y otros; la aseguradora La Economía Comercial S.A. de Seguros Generales fue citada en garantía.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito con lesiones o muerte.

¿Qué se resolvió?

se declaró formalmente admisible el recurso extraordinario, se revocó la decisión apelada y se admitió que la franquicia prevista en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado. La sentencia no podrá ejecutarse contra la aseguradora sino dentro de los límites de la contratación. Con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El Tribunal remitió expresamente a lo resuelto en Fallos 329:3054 y 3488, 330:3483, y en las causas "Obarrio, María Pía c/ Microómnibus Norte S.A. y otros", "Gauna, Agustín y su acumulado c/ La Economía Comercial S.A. de Seguros Generales y otro" y "Villarreal, Daniel Alberto c/ Fernández, Andrés Alejandro", falladas el 4 de marzo de 2008, cuyas consideraciones dio por reproducidas. Textualmente expresó: "Que los agravios de la recurrente remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas por el Tribunal en Fallos: 329:3054 y 3488 y 330:3483... cuyas consideraciones se dan por reproducidas." Y concluyó: "se admite que la franquicia prevista en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado y que la sentencia no podrá ser ejecutada contra la aseguradora sino en los límites de la contratación (conf. art. 16, segunda parte, ley 48)."

Normas que cita

  • Constitución Nacional
  • Ley 48art. 16 · Justicia nacional

Fallos que cita

  • Obarrio, María Pía c/ Microómnibus Norte S.A. y otrosCSJN · 04/03/2008
  • Gauna, Agustín y su acumulado c/ La Economía Comercial S.A. de Seguros Generales y otroCSJN · 04/03/2008
  • Villarreal, Daniel Alberto c/ Fernández, Andrés AlejandroCSJN · 04/03/2008
  • Fallos 329:3054CSJN
  • Fallos 330:3483CSJN

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