JurisprudenciaARG
Corte Suprema

FERNANDEZ JOSE RAMON c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor reclamó el reajuste de su haber previsional, con la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) como demandada. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios de la ANSeS y del Ministerio Público, confirmó la tasa de interés fijada en el precedente Aguilar y revocó la sentencia en lo demás, conforme a los precedentes Schiariti, Iglesias y Arena.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
F. 33. XXXVIII. ROR
Reajuste previsional Movilidad jubilatoria Ley 24.463 Ley de solidaridad previsional 25.243 Articulo 21 Tasa de interes Inconstitucionalidad Recurso ordinario Anses Costas por su orden

¿Quién es el actor?

José Ramón Fernández.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios de haberes previsionales.

¿Qué se resolvió?

se declararon procedentes los recursos ordinarios interpuestos por la ANSeS y por el Ministerio Público. Se confirmó la sentencia apelada en cuanto a la tasa de interés, según lo resuelto en "Aguilar", y se la revocó con el alcance que surge de "Schiariti", "Iglesias" y "Arena". Las costas se impusieron por su orden (art. 21, ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las cuestiones relacionadas con los artículos 22 y 23 de la ley 24.463, han sido examinadas y resueltas por el Tribunal en el precedente publicado en Fallos: 323:1861 ('Schiariti') y en la causa I.110.XXXV. 'Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', fallada con fecha 17 de abril de 2001."

"Los agravios relacionados con la declaración de inconstitucionalidad del artículo 21 de la ley de Solidaridad Previsional han sido resueltos por esta Corte en Fallos: 324:2360 ('Arena'), a cuyos fundamentos cabe remitirse por razón de brevedad."

"Los agravios vinculados con la tasa de interés encuentran adecuada respuesta en el precedente publicado en Fallos: 325:1185 ('Aguilar'), a cuyas consideraciones cabe remitirse por razón de brevedad."

"Los restantes agravios de la ANSeS suscitan cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas y resueltas por el Tribunal en Fallos: 323:3135 ('Torres Brizuela'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse por razón de brevedad."

La sentencia es de mayoría unánime de los siete integrantes de la Corte, sin votos disidentes.

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 21, 22, 23 · Solidaridad previsional

Fallos que cita

  • Schiariti, Oscar NicolásCSJN · Fallos 323:1861
  • Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 17/04/2001
  • Arena, AlfredoCSJN · Fallos 324:2360
  • Aguilar, FroilánCSJN · Fallos 325:1185
  • Torres BrizuelaCSJN · Fallos 323:3135

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