JurisprudenciaARG
Corte Suprema

SALOMONE JOSE HECTOR Y GUZMAN HUGO EVARISTO s/INF. ELY 23737

La Corte Suprema dejó sin efecto el auto que había concedido el recurso en la causa por infracción a la ley 23.737, por no haberse cumplido los traslados previstos en el art. 257 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Ordenó devolver las actuaciones al tribunal de origen para que cumpla esos actos antes de dictar un nuevo pronunciamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 629. XXXIX. REX
Infraccion ley 23.737 Recurso de queja Auto de concesion Traslados Art. 257 cpccn Debido proceso Derecho de defensa Nulidad procesal Devolucion de actuaciones Tribunal de origen

¿Quién es el actor?

No aplica (causa penal por infracción a la ley 23.737; las partes son los imputados José Héctor Salomone y Hugo Evaristo Guzmán).

¿A quién se demanda?

No aplica.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de queja vinculado con el auto de concesión dictado a fs. 368/369 en el proceso por infracción a la ley 23.737.

¿Qué se resolvió?

Dejar sin efecto el auto de fs. 368/369 y devolver los autos al tribunal de origen para que, antes de dictar uno nuevo, cumpla los actos omitidos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"De las constancias agregadas a fs. 363/369 se desprende que no se cumplió con los traslados a las partes interesadas previstos en el art. 257, segundo párrafo del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación."

"El trámite previsto en la norma antes mencionada tiene por objeto dar a los litigantes la oportunidad de ejercer sus defensas con la amplitud que exige el debido proceso, y plantear las cuestiones conducentes para la correcta solución del litigio."

"En consecuencia, corresponde dejar sin efecto el auto de concesión y devolver las actuaciones al tribunal de origen con el fin de que, antes de dictar uno nuevo, proceda a dar cumplimiento a los actos procesales omitidos."

Normas que cita

  • Ley 23.737Modificacion al codigo penal
  • CPCCNart. 257 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.