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Corte Suprema

LATRONICO RODOLFO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Se acumularon en un mismo pronunciamiento diecisiete causas por reajustes previsionales promovidas contra la ANSeS. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios del organismo previsional y confirmó las sentencias apeladas, remitiendo a los precedentes Perletto, Aguilar y Torres Brizuela para resolver el plazo de cumplimiento, la tasa de intereses y los restantes agravios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
L. 132. XXXIX. ROR
Reajuste previsional Anses Haberes jubilatorios Plazo de cumplimiento de sentencia Tasa de intereses Recursos ordinarios Costas Ley 24.463 Fallos 325:98 Fallos 325:1185

¿Quién es el actor?

Rodolfo Latronico y otros titulares de beneficios previsionales (causas acumuladas: Aquino, Andreola, Gutiérrez, Hoffmann, Luna Romero, López Bueno, Ortiguela, Pena, Rocha, Sasso, Segura, Simonez, Vallata, Viñas y Zabala).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes de haberes previsionales.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedentes los recursos ordinarios interpuestos por la ANSeS y confirmó las sentencias apeladas. Impuso las costas por su orden, de conformidad con el art. 21 de la ley 24.463.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el Tribunal no desarrolla argumentos propios en esta sentencia sino que remite a sus precedentes:

"1°) Que la cuestión que se suscita en las presentes causas, vinculada con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional, resulta sustancialmente análoga a la examinada y resuelta por este Tribunal en Fallos: 325:98 ("Perletto"), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."

"2°) Que los agravios referentes a la tasa de intereses guardan sustancial analogía con los analizados y resueltos por esta Corte en Fallos: 325:1185 ("Aguilar"), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse por razón de brevedad."

"3°) Que los restantes agravios del organismo previsional suscitan el tratamiento de temas similares a los resueltos por el Tribunal en Fallos: 323:3135 ("Torres Brizuela"), cuyos fundamentos se dan por reproducidos."

Normas que cita

Fallos que cita

  • PerlettoCSJN · Fallos 325:98
  • AguilarCSJN · Fallos 325:1185
  • Torres BrizuelaCSJN · Fallos 323:3135

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