ROBERTIE MARIA CRISTINA c/ ANSES s/S/REAJUSTES VARIOS
La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario de una jubilada y ordenó practicar la movilidad jubilatoria del período 1995-2006 conforme al índice fijado en el precedente Badaro. La decisión remite a los fundamentos de ese precedente y ordena descontar los aumentos otorgados por decretos del Poder Ejecutivo si arrojan una prestación superior.
¿Quién es el actor?
María Cristina Robertie.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste de haberes previsionales solicitado desde abril de 1995 hasta fines de 2006 (reajustes varios), más la tasa de interés aplicable.
¿Qué se resolvió?
se declaró procedente el recurso extraordinario de la parte actora; la movilidad del período indicado se practicará según el índice fijado en "Badaro", salvo que los incrementos por decretos del Poder Ejecutivo en igual período arrojen una prestación superior, en cuyo caso se estará a ese resultado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los agravios de la titular atinentes al reajuste de haberes solicitado a partir del mes de abril de 1995 hasta fines del año 2006, resultan procedentes de acuerdo con lo resuelto por esta Corte en el precedente 'Badaro' (Fallos: 329:3089 y 330:4866), a cuyos fundamentos corresponde remitir por razón de brevedad, sin perjuicio de que al practicar la liquidación se descuenten las sumas que pudieran haberse percibido en virtud de los decretos del Poder Ejecutivo que dispusieron incrementos en las prestaciones en el período indicado."
"Que los agravios vinculados con la tasa de interés remiten al examen de cuestiones que han sido resueltas por el Tribunal en el precedente 'Banco Sudameris' (Fallos: 317:507) al que cabe remitir por razones de brevedad."
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