JurisprudenciaARG
Corte Suprema

TARANTINI ELENA JUANA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Jubilados promovieron reclamos contra la ANSeS por reajustes previsionales y el plazo y modalidades de cumplimiento de sentencias de reajuste. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios y confirmó las sentencias apeladas, remitiendo a sus precedentes Perletto y Aguilar sobre plazo de cumplimiento y tasa de intereses, y a Torres Brizuela para los restantes agravios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
T. 242. XXXIX. ROR
Reajuste previsional Anses Plazo de cumplimiento de sentencia Modalidades de cumplimiento Tasa de intereses Recurso ordinario Confirmacion de sentencias Haberes jubilatorios Costas por su orden Precedentes perletto Aguilar y torres brizuela.

¿Quién es el actor?

Elena Juana Tarantini y otros coactores (causas acumuladas: Almirón, Arellano, Coccagna, Cajaraville Castro, Geofilo, Lauria, Mazzaro, Méndez, Medici y otros, Ochoa, Postigo, Robledo, Spina, Spano).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes previsionales; en la sentencia se debate el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste, la tasa de intereses y otros agravios del organismo previsional.

¿Qué se resolvió?

por mayoría de los votos del Tribunal, se declararon procedentes los recursos ordinarios deducidos por la ANSeS y se confirmaron las sentencias apeladas. Las costas se impusieron por su orden (art. 21, ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando 1°: "la cuestión que se suscita en las presentes causas, vinculada con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional, resulta sustancialmente análoga a la examinada y resuelta por este Tribunal en Fallos: 325:98 ('Perletto'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."

Considerando 2°: "Que los agravios referentes a la tasa de intereses guardan sustancial analogía con los analizados y resueltos por esta Corte en Fallos: 325:1185 ('Aguilar'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse por razón de brevedad."

Considerando 3°: "Que los restantes agravios del organismo previsional suscitan el tratamiento de temas similares a los resueltos por el Tribunal en Fallos: 323:3135 ('Torres Brizuela'), cuyos fundamentos se dan por reproducidos."

Nota: el fallo no contiene votos en disidencia ni fundamentos propios extensos; la decisión se apoya en la remisión a precedentes.

Normas que cita

Fallos que cita

  • PerlettoCSJN · Fallos 325:98
  • AguilarCSJN · Fallos 325:1185
  • Torres BrizuelaCSJN · Fallos 323:3135

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