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Corte Suprema

MONTAÑA YOLANDA VIOLETA c/ PEN s/AMPARO

Los ahorristas promovieron amparos contra el Estado Nacional y entidades de seguros de retiro por la pesificación de depósitos y las medidas dispuestas por la Ley 25.561 y los decretos 1570/01 y 214/02. La Corte Suprema, por mayoría y remitiéndose al precedente Benedetti, confirmó las sentencias apeladas, con los alcances fijados en ese caso, y distribuyó las costas de esta instancia en el orden causado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 1348. XLIII. REX
Pesificacion Ahorristas Seguros de retiro Amparo Ley 25.561 Decreto 1570/01 Decreto 214/02 Recurso extraordinario Intereses y costas Precedente benedetti

¿Quién es el actor?

los distintos ahorristas y titulares de planes de seguros de retiro individualizados en la causa.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (P.E.N.), Ministerio de Economía y entidades de seguros de retiro (HSBC New York Life Seguros de Retiro, Siembra Seguros de Retiro, Previsol, Consolidar, entre otras).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamos de amparo y sumarísimo vinculados a la pesificación y restricciones de disponibilidad de fondos dispuestas por la Ley 25.561 y los decretos 1570/01 y 214/02.

¿Qué se resolvió?

se declararon formalmente admisibles los recursos extraordinarios, excepto en cuanto a los agravios sobre intereses y costas de las instancias anteriores, que se declararon inadmisibles (art. 280 CPCCN). Por mayoría se confirmaron las sentencias apeladas con los alcances del precedente "Benedetti". Las costas de esta instancia se distribuyeron en el orden causado por la complejidad de la cuestión (art. 68, segundo párrafo, CPCCN).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la Corte resuelve remitiéndose a los fundamentos y conclusiones de "Benedetti, Estela Sara c/ P.E.N. - Ley 25.561 - Dtos. 1570/01 - 214/02 s/ amparo ley 16.986" (sentencia del 16/9/2008), por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas. La jueza Argibay se remite a su voto en dicha causa; los jueces Highton de Nolasco, Maqueda y Petracchi se remiten a sus disidencias allí suscriptas. Los agravios sobre intereses y costas de instancias anteriores se declaran inadmisibles por aplicación del art. 280 CPCCN. Nota: la sentencia no transcribe los considerandos de "Benedetti"; el sentido de la mayoría se infiere de la remisión.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Benedetti, Estela Sara c/ P.E.N. - Ley 25.561 - Dtos. 1570/01 - 214/02 s/ amparo ley 16.986CSJN · 16/09/2008

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