MARJOR S.A. c/ METALURGICA EL INDIO S.A.I.C. s/S/ORDINARIO S/INC. DE EMBARGO PREVENTIVO
La Procuración General dictaminó sobre un conflicto negativo de competencia suscitado entre la Sala II de la Cámara de Apelación de La Plata y el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 1 por la ejecución de honorarios regulados en el marco de un embargo. La Procuración opinó que la competencia corresponde al juzgado comercial, por tratarse del juez de la causa principal en cuya ejecución se trabó el embargo.
¿Quién es el actor?
Montarce Marcelo Antonio (beneficiario de la regulación de honorarios en el expediente N° 119866/89).
¿A quién se demanda?
Marjor S.A. y Metalúrgica El Indio S.A. (partes del proceso principal).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución de honorarios regulados con motivo de la tramitación de un oficio y de la traba de un embargo sobre un bien inmueble radicado en la Provincia de Buenos Aires.
¿Qué se resolvió?
La Procuradora dictaminó que los obrados deben tramitar ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 1.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Cabe señalar que el Máximo Tribunal en reiteradas oportunidades manifestó que, en el marco de lo establecido por el artículo 4 del Convenio de Comunicaciones -ley 22.172- no pueden plantearse ante el tribunal oficiado cuestiones de ninguna naturaleza (v. doctrina de Fallos: 310: 1760; 322:90; 323:1737, entre muchos otros)."
"...el juez de la causa principal es competente en la ejecución de los honorarios regulados por el magistrado que por su delegación entendió en el trámite del embargo trabado sobre un bien con radicación en su jurisdicción" (Fallos 314:279).
"...razones de economía, celeridad y concentración procesal tornan aconsejable que este trámite incidental también se radique ante aquel magistrado (artículo 6° inciso 1 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."
"...dentro del limitado marco cognoscitivo en el que se deciden los conflictos de competencia, opino que los presentes obrados deben tramitar por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 1."
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Normas que cita
- Ley 22.172art. 4 · Convenios
- Ley 9618 (Provincia De Buenos Aires)
- CPCCNart. 6 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Decreto 1285/58art. 24
Fallos que cita
- Fallos 310:1760CSJN
- Fallos 322:90CSJN
- Fallos 323:1737CSJN
- Fallos 314:279CSJN
- Metalúrgica El Indio S.A. c/ Marjor S.A. s/ Ordinario s/ Incidente de medidas precautoriasJuzgado Nacional en lo Comercial · 31/08/1990
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