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Corte Suprema

MILES ALFREDO NELSON c/ ESTADO NACIONAL s/AMPARO LEY 16.986

El Estado Nacional y diversas entidades bancarias fueron demandados en numerosos amparos y procesos sumarísimos vinculados a la aplicación de normas que reestructuraron depósitos bancarios. La Corte Suprema, por mayoría, declaró admisibles los recursos extraordinarios y confirmó las sentencias apeladas, remitiéndose a los fundamentos de los precedentes Agüero y Coronel del 12 de mayo de 2009.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 2281. XLII. REX
Amparo Sumarisimo Depositos bancarios Reestructuracion bancaria Corralito Inconstitucionalidad Estado nacional Entidades financieras Regimen juridico novedoso Costas

¿Quién es el actor?

Los distintos actores de las causas acumuladas (entre ellos Miles Alfredo Nelson, Collinet Cristina Edith, Cortinez Elisabeth, Cabrera Héctor S., Gonzalez Analía Fabiana, entre otros), titulares de depósitos bancarios.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional, Poder Ejecutivo Nacional y entidades bancarias (Banco de la Nación Argentina, Scotiabank Quilmes, Citibank, HSBC Bank, BBVA Banco Francés, Bank Boston, Banco Hipotecario, entre otras).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamos vinculados a la restricción y reestructuración de depósitos bancarios, planteados mediante acciones de amparo y procesos sumarísimos, con cuestionamiento de la constitucionalidad de las normas aplicadas.

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, la Corte declaró formalmente admisibles los recursos extraordinarios y confirmó las sentencias apeladas, rechazando así las pretensiones de los recurrentes. Se impusieron las costas por su orden en razón de tratarse de un régimen jurídico novedoso.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las cuestiones planteadas en los presentes autos son sustancialmente análogas a las consideradas en las causas A.1518.XXXIX 'Agüero, Máximo José y Ovejero Cornejo de Agüero, Teresa c/ Banco de la Nación Argentina s/acción declarativa de inconstitucionalidad' y C.2862.XXXXIX 'Coronel, Jorge Fernando c/ Estado Nacional y otros s/ amparo e inconstitucionalidad', ambas falladas el 12 de mayo de 2009, a cuyos fundamentos corresponde remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad." Los jueces Highton de Nolasco y Zaffaroni se remitieron a sus disidencias en dichas causas, por lo que sus posiciones no integran la decisión mayoritaria.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Agüero, Máximo José y Ovejero Cornejo de Agüero, Teresa c/ Banco de la Nación ArgentinaCSJN · 12/05/2009
  • Coronel, Jorge Fernando c/ Estado Nacional y otrosCSJN · 12/05/2009

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