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Corte Suprema

CLARIDAD ADMINISTRACION FEDERAL DE JUBILACIONES Y PENSIONES S.A. c/ ESTADO NACIONAL (MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS) - DTO 863/98 s/AMPARO LEY 16986

El Procurador General dictaminó y la Corte Suprema, por remisión a ese dictamen, declaró formalmente admisible el recurso extraordinario y confirmó la sentencia que hizo lugar al amparo promovido por Claridad AFJP S.A. contra el decreto 863/98.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 697. XXXVII. REX
Amparo Decreto 863/98 Afjp Recurso extraordinario Remision al dictamen del procurador general Confirmacion de sentencia Sistema previsional Estado nacional Admisibilidad formal Costas

¿Quién es el actor?

Claridad AFJP S.A.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Amparo contra el decreto 863/98.

¿Qué se resolvió?

La Corte declaró formalmente admisible el recurso extraordinario y confirmó la sentencia recurrida, con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que esta Corte comparte los argumentos y conclusiones del dictamen del señor Procurador General de la Nación, al cual se remite por razones de brevedad." El tribunal no desarrolla fundamentos propios; los fundamentos se encuentran en el dictamen del Procurador General, al que se remite, cuyo contenido no surge del texto analizado.

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