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Corte Suprema

ESQUIVEL LEOPOLDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema confirmó las sentencias de reajuste previsional dictadas en favor de los jubilados contra la ANSeS, y resolvió que el cumplimiento y los intereses se rigen por la doctrina fijada en los precedentes Perletto y Aguilar. Declaró procedentes los recursos ordinarios de la ANSeS y, en consecuencia, confirmó las sentencias apeladas, sin imponer costas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
E. 63. XXXIX. ROR
Reajuste previsional Anses Haberes jubilatorios Cumplimiento de sentencia Tasa de intereses Recurso ordinario Doctrina de precedentes Perletto Aguilar Torres brizuela

¿Quién es el actor?

Leopoldo Esquivel y otros actores, individualmente identificados en las causas acumuladas (titulares de beneficios previsionales).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes previsionales; cuestiones vinculadas con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste, la tasa de intereses y otros agravios del organismo previsional.

¿Qué se resolvió?

el Tribunal declaró procedentes los recursos ordinarios deducidos y confirmó las sentencias apeladas. Costas por su orden (art. 21, ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Primer considerando: "la cuestión que se suscita en las presentes causas, vinculada con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional, resulta sustancialmente análoga a la examinada y resuelta por este Tribunal en Fallos: 325:98 ('Perletto'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."

Segundo considerando: "Que los agravios referentes a la tasa de intereses guardan sustancial analogía con los analizados y resueltos por esta Corte en Fallos: 325:1185 ('Aguilar'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse por razón de brevedad."

Tercer considerando: "Que los restantes agravios del organismo previsional suscitan el tratamiento de temas similares a los resueltos por el Tribunal en Fallos: 323:3135 ('Torres Brizuela'), cuyos fundamentos se dan por reproducidos."

No hay votos en disidencia: la sentencia es unánime y se dicta por remisión a precedentes.

Normas que cita

Fallos que cita

  • PerlettoCSJN · Fallos 325:98
  • AguilarCSJN · Fallos 325:1185
  • Torres BrizuelaCSJN · Fallos 323:3135

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