IVAX ARGENTINA S.A. c/ MUNICIPALIDAD DE RIO CUARTO Y OTRO s/DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
La Corte Suprema hizo lugar a la queja y declaró procedente el recurso extraordinario deducido por Ivax Argentina S.A. contra la Municipalidad de Río Cuarto. Revocó la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios y devolvió las actuaciones para que se dicte un nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto.
¿Quién es el actor?
Ivax Argentina S.A.
¿A quién se demanda?
Municipalidad de Río Cuarto
¿Cuál es el objeto del reclamo?
DESCONOCIDO (el texto no lo especifica; la sentencia remite a la causa "Laboratorios Raffo S.A. c/ Municipalidad de la Ciudad de Córdoba", L.1303.XLII).
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se revoca la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios, con costas. Se devuelven las actuaciones al tribunal de origen para que, por quien corresponda, se dicte un nuevo pronunciamiento conforme a la presente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las consideradas en la sentencia dictada en la fecha en la causa L.1303.XLII. 'Laboratorios Raffo S.A. c/ Municipalidad de la Ciudad de Córdoba' a cuyos fundamentos corresponde remitirse, en lo pertinente, por motivos de brevedad. La jueza Argibay remite a su voto en el citado precedente."
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Fallos que cita
- Laboratorios Raffo S.A. c/ Municipalidad de la Ciudad de CórdobaCSJN · 23/06/2009
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