NI LIN CHIN - YUEH s/S.C. CIUDADANIA
Una ciudadana de origen extranjero promovió el trámite de carta de ciudadanía argentina, cuestionado por el régimen de residencia previsto en el artículo 20 de la Constitución Nacional. La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario, dejó sin efecto la sentencia apelada y ordenó el dictado de un nuevo pronunciamiento ajustado a lo resuelto en la causa Ni, I-Hsing.
¿Quién es el actor?
Chin Yueh Ni Lin, representada por sus apoderados.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional (Dirección Nacional de Migraciones), en el trámite de carta de ciudadanía.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Obtención de la carta de ciudadanía argentina.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema hizo lugar al recurso extraordinario, dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba y devolvió los autos para que se dicte nuevo pronunciamiento. Las costas se impusieron por su orden, por tratarse de una cuestión jurídica novedosa.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Mayoría: "Que las cuestiones planteadas resultan sustancialmente análogas a las debatidas y resueltas, en la fecha, en la causa N.13.XLII 'Ni, I-Hsing s/ c. de ciudadanía', a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse por razones de brevedad."
¿Cómo votaron los jueces?
"Sólo corresponde aclarar que las constancias que acreditan la autorización otorgada a la actora por la Dirección Nacional de Migraciones para residir en el país durante un plazo superior a los dos años que prevé el art. 20 de la Constitución Nacional, surgen de los certificados de fs. 100/100 vta. y 108/108 vta. del expediente administrativo respectivo..."
La resolución no contiene disidencias.
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Normas que cita
- Constitución Nacionalart. 20
Fallos que cita
- Ni, I-Hsing s/ c. de ciudadaníaCSJN
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