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Corte Suprema

GAONA NILDA DOLORES c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios de la ANSeS en el reajuste de haberes previsionales de la actora. Confirmó la tasa de interés fijada en Aguilar y revocó las sentencias en cuanto a los intereses según el alcance de Schiariti e Iglesias.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 2882. XXXVIII. ROR
Reajuste de haberes previsionales Movilidad Tasa de interes Haber inicial Confiscatoriedad Ley 24.463 Articulos 22 y 23 Anses Recurso ordinario Aguilar

¿Quién es el actor?

Nilda Dolores Gaona y otros beneficiarios previsionales (causas acumuladas: Durán, García, Lucas García, Sosa, Salcedo, Sánchez Leal de Ibarra, Serra).

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios de haberes previsionales (movilidad, haber inicial, tasa de interés).

¿Qué se resolvió?

se declararon procedentes los recursos ordinarios de la ANSeS; se confirmaron las sentencias apeladas en cuanto a la tasa de interés aplicada, con el alcance fijado en "Aguilar", y se revocaron en cuanto a los intereses, con el alcance que surge de "Schiariti" e "Iglesias". Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las cuestiones que se suscitan en las presentes causas, vinculadas con la tasa de interés, encuentran adecuada respuesta en el precedente publicado en Fallos: 325:1185 ("Aguilar"), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."

"Los agravios referentes a la defensa de limitación de recursos, haber inicial, movilidad y confiscatoriedad, guardan sustancial analogía con los examinados y resueltos por el Tribunal en Fallos: 323:3135 ("Torres Brizuela"), cuyas conclusiones se dan por reproducidas brevitatis causa."

"Los agravios vinculados con los artículos 22 y 23 de la ley 24.463, cabe remitir al precedente publicado en Fallos: 323:1861 ("Schiariti") y a la causa I.110.XXXV. "Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad", fallada con fecha 17 de abril de 2001."

"Los restantes agravios de la ANSeS, no guardan relación con lo resuelto, por lo que deben ser desestimados."

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 21, 22, 23 · Solidaridad previsional

Fallos que cita

  • AguilarCSJN · Fallos 325:1185
  • Torres BrizuelaCSJN · Fallos 323:3135
  • SchiaritiCSJN · Fallos 323:1861
  • Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 17/04/2001

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