JurisprudenciaARG
Corte Suprema

RAK CATALINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora reclamó el reajuste de su haber jubilatorio por movilidad y la inconstitucionalidad del art. 55 de la ley 18.037. La Corte Suprema declaró procedente el recurso de la actora, revocó la sentencia apelada y aplicó los precedentes Actis Caporale y Cepón en materia de movilidad previsional.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 17. XXXVIII. ROR
Movilidad previsional Reajuste jubilatorio Anses Ley 18.037 Art. 55 Inconstitucionalidad Diferimiento de la cuestion constitucional a ejecucion Actis caporale Cepon Costas por su orden

¿Quién es el actor?

Catalina Rak.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste por movilidad del haber previsional, con planteo de inconstitucionalidad del art. 55 de la ley 18.037.

¿Qué se resolvió?

se declaró procedente el recurso ordinario de la actora, se declaró desierto el de la demandada y se revocó la sentencia apelada, con el alcance fijado en "Actis Caporale" y "Cepón". Costas por su orden (art. 21 de la ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que el agravio de la actora referente al indebido diferimiento -para la etapa de ejecución- de la consideración de su planteo de inconstitucionalidad del art. 55 de la ley 18.037, remite al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas en el precedente de esta Corte de Fallos: 323:4216 ("Actis Caporale") y en la causa C.1388.XXXV. "Cepón, Antonio c/ ANSeS", fallo aclaratorio del 16 de octubre de 2001, cuyos argumentos se dan por reproducidos."

"Que los planteos de la demandada resultan sustancialmente análogos a los resueltos en el precedente de Fallos: 323:3135 ("Torres Brizuela"), al que cabe remitir por razón de brevedad."

Se trata de una decisión unánime; no hay votos en disidencia.

Normas que cita

  • Ley 18.037art. 55 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
  • Ley 24.463art. 21 · Solidaridad previsional

Fallos que cita

  • Actis CaporaleCSJN · Fallos 323:4216
  • CepónCSJN · 16/10/2001
  • Torres BrizuelaCSJN · Fallos 323:3135

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