MAZZITELLI MARIA DOMINGA c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS s/RECURSO
La Corte Suprema admitió la queja y el recurso extraordinario deducidos por el Estado Nacional y dejó sin efecto el pronunciamiento de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, Sala III, ordenando dictar uno nuevo conforme a lo resuelto. La decisión remite al dictamen de la Procuradora Fiscal, sin desarrollar fundamentos propios.
¿Quién es el actor?
María Dominga Mazzitelli.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
no surge del texto de la sentencia.
¿Qué se resolvió?
se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada, con devolución de los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento. Con costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que esta Corte comparte el dictamen de la señora Procuradora Fiscal a cuyos argumentos y conclusiones cabe remitir en razón de brevedad." No se transcriben otros considerandos, ya que el fallo se remite íntegramente al dictamen de la Procuradora, que no forma parte del texto aportado.
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