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Corte Suprema

TITO SILVIA LETICIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema confirmó las sentencias que reajustaron el haber previsional de un grupo de jubilados frente a la ANSeS y desestimó los agravios del organismo sobre prescripción, tasa de intereses y modalidades de cumplimiento. El Tribunal remitió a los fundamentos de sus precedentes Perletto, Aguilar y Torres Brizuela y declaró procedentes los recursos ordinarios, sin imponer costas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
T. 192. XXXIX. ROR
Reajuste previsional Movilidad jubilatoria Anses Prescripcion liberatoria Ley 24.463 Tasa de intereses Cumplimiento de sentencia Limitacion de recursos Recurso ordinario Fallos 325:98

¿Quién es el actor?

Silvia Leticia Tito y otros (más de cincuenta reclamantes acumulados en la causa).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes previsionales (reajustes varios por movilidad).

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedentes los recursos ordinarios deducidos por la ANSeS y confirmó las sentencias apeladas. Las costas se impusieron por su orden (art. 21, ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando 1°: "la cuestión que se suscita en las presentes causas, vinculada con la defensa de limitación de recursos y con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional, resulta sustancialmente análoga a la examinada y resuelta por este Tribunal en Fallos: 325:98 ('Perletto'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."

Considerando 2°: los planteos sobre las modificaciones de la ley 24.463 al cómputo de la prescripción liberatoria (art. 82, ley 18.037) "han recibido adecuada respuesta en el precedente de este Tribunal G.829.XXXV 'Giusio, Mauricio c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad' (considerando 4°)", por lo que "deben ser desestimados". El juez Boggiano se remitió a su disidencia en ese precedente.

Considerando 3°: los agravios sobre la tasa de intereses "guardan sustancial analogía con los analizados y resueltos por esta Corte en Fallos: 325:1185 ('Aguilar'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse por razón de brevedad."

Considerando 4°: los restantes agravios "suscitan el tratamiento de temas similares a los resueltos por el Tribunal en Fallos: 323:3135 ('Torres Brizuela'), cuyos fundamentos se dan por reproducidos."

Normas que cita

  • Ley 24.463art. 21 · Solidaridad previsional
  • Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones

Fallos que cita

  • PerlettoCSJN · Fallos 325:98
  • Giusio, Mauricio c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 04/09/2001
  • AguilarCSJN · Fallos 325:1185
  • Torres BrizuelaCSJN · Fallos 323:3135

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