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Corte Suprema

SCIUMBATA LIMA c/ PEN LEY 25561 DTO 1570/01 214/02 s/AMPARO LEY 16986

La parte actora promovió acciones de amparo contra el Estado Nacional por la pesificación de depósitos bancarios en dólares dispuesta por la Ley 25.561 y sus decretos reglamentarios. La Corte Suprema modificó las sentencias apeladas y ordenó determinar el crédito de los actores conforme a los precedentes AMassa@ y ARodriguez Ramona@.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 756. XLII. REX
Pesificacion Depositos bancarios en dolares Ley 25.561 Amparo Desafectacion de depositos Intangibilidad de depositos Decreto 214/02 Corralon Restitucion de depositos Poder ejecutivo nacional.

¿Quién es el actor?

Sciumbata Lima y otros (acumulados con Ciminieri de Trobo, Duran y Palacios).

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo de restitución de depósitos bancarios en dólares afectados por la pesificación dispuesta por la Ley 25.561 y decretos 1570/01 y 214/02, mediante acción de amparo.

¿Qué se resolvió?

La Corte modificó las sentencias apeladas, con costas por su orden, y devolvió los autos al tribunal de origen para que determine el crédito de la actora según las pautas de los precedentes citados.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Respecto de los depósitos no desafectados, los jueces Lorenzetti, Highton de Nolasco, Zaffaroni y Argibay consideran aplicable el criterio de AMassa@ (Fallos: 329:5913), "al que se remiten por razones de brevedad". El juez Fayt comparte ese criterio y se remite a su voto en APiriz@ (Fallos: 330:331).

Respecto de los depósitos desafectados antes de la promoción de las acciones, los jueces Petracchi, Zaffaroni y Argibay aplican la doctrina de ARodriguez Ramona, Esther y otro c/ PEN@ (sentencia del 29 de abril de 2008), "a cuyos fundamentos se remiten". Lorenzetti y Fayt se remiten a sus votos en esa causa, y Highton de Nolasco a lo expresado en ACabrera@ (Fallos: 327:2905).

Costas por su orden "en atención a lo novedoso y complejo de las cuestiones planteadas (art. 68, segunda parte, CPCCN)".

Normas que cita

Fallos que cita

  • MassaCSJN · Fallos 329:5913
  • Rodriguez Ramona, Esther y otro c/ PENCSJN · 29/04/2008
  • PirizCSJN · Fallos 330:331
  • CabreraCSJN · Fallos 327:2905

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