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Corte Suprema

MARTINEZ LIDIA c/ PEN LEY 25561 DTO 214/02 1570/01 s/AMPARO

La Corte Suprema, por mayoría, declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por el Estado Nacional en el reclamo de un particular fundado en la Ley 25.561 y los decretos 1570/01 y 214/02, y dejó sin efecto la sentencia apelada, ordenando dictar un nuevo fallo conforme a lo resuelto en Falcón. La jueza Argibay votó por declarar inadmisible el recurso.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 560. XLII. REX
Pesificacion Ley 25.561 Decreto 1570/01 Decreto 214/02 Amparo Depositos bancarios Recurso extraordinario Estado nacional Corralito Precedente falcon

¿Quién es el actor?

Lidia Martínez.

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional (Estado Nacional).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

amparo promovido contra la aplicación de la Ley 25.561 y los decretos 1570/01 y 214/02 (pesificación y restricciones a depósitos bancarios).

¿Qué se resolvió?

por mayoría, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada, remitiendo las actuaciones al tribunal de origen para que se dicte un nuevo fallo, por aplicación del criterio de "Falcón". Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que resulta aplicable en el sub examine el criterio establecido por el Tribunal al decidir la causa 'Falcón' (Fallos: 327:3166), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad."

"La jueza Argibay juzga que el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)." (Disidencia.)

"Por ello, por mayoría, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada. Costas por su orden en atención a la complejidad de la cuestión de fondo debatida."

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