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Corte Suprema

SPATZ RODOLFO Y OTRO c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL Y OTRO s/AMPARO

Los ahorristas demandaron al Estado Nacional por la conversión a pesos de sus depósitos en dólares dispuesta por la pesificación. La Corte Suprema hizo lugar a los recursos extraordinarios, dejó sin efecto las sentencias apeladas y reconoció a los actores el derecho a obtener el reintegro de sus depósitos a $1,40 por dólar, ajustado por CER más un interés del 4% anual.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 1192. XLI. RHE
Pesificacion Depositos en dolares Corralito Reintegro de depositos Cer Intereses Decreto 214/2002 Recurso extraordinario Emergencia publica Entidad bancaria

¿Quién es el actor?

Rodolfo Spatz y otro, y los restantes actores de las causas acumuladas (Bravo, Gómez Aguilar, Menéndez).

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional; en algunas causas, también la entidad bancaria depositaria.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo de reintegro de depósitos en dólares estadounidenses convertidos a pesos por el régimen de emergencia.

¿Qué se resolvió?

La Corte remitió en brevedad a los fundamentos de la causa "Massa" (Fallos 329:5913), declaró procedentes los recursos extraordinarios, dejó sin efecto las sentencias apeladas y reconoció el derecho de los actores al reintegro en los términos indicados en la parte resolutiva.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa 'Massa' (Fallos: 329:5913), sentencia del 27 de diciembre de 2006, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad."

"...se declara el derecho de los actores a obtener de la entidad bancaria el reintegro de su depósito convertido en pesos a la relación de $ 1,40 por cada dólar estadounidense, ajustado por el CER hasta el momento de su pago, más la aplicación sobre el monto así obtenido de intereses a la tasa del 4% anual no capitalizable..."

"...con el límite pecuniario que resulta de lo decidido por la cámara, y con exclusión de los supuestos en que la obligación emergente de los contratos de depósito se hubiera extinguido a raíz de su canje por bonos del Estado o por haberse aplicado su importe a fines específicos previstos normativamente..."

Costas: "Las costas de esta instancia se distribuyen en el orden causado en atención a los fundamentos de la presente (art. 68, segunda parte, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

Normas que cita

  • CPCCNarts. 286, 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • MassaCSJN · 27/12/2006 · Fallos 329:5913
  • KujarchukCSJN · Fallos 330:3680

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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