SOZZI MARIO GUILLERMO c/ METLIFE SEGUROS DE VIDA S.A. s/AMPARO
La Corte Suprema hizo lugar a la queja interpuesta por MetLife Seguros de Vida S.A. y revocó la sentencia de la Cámara, ordenando dictar un nuevo pronunciamiento conforme a la doctrina del precedente Longobardi. La decisión se fundó en la analogía con la causa Vaisman, aplicando la doctrina de Longobardi por remisión a los votos concurrentes.
¿Quién es el actor?
Mario Guillermo Sozzi.
¿A quién se demanda?
MetLife Seguros de Vida S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
No surge del fallo; la decisión versa sobre la procedencia del recurso extraordinario denegado en un juicio contra una aseguradora de vida.
¿Qué se resolvió?
Por mayoría, se hizo lugar a la queja, se declaró formalmente admisible el recurso extraordinario y se revocó la sentencia apelada, ordenando que se dicte nuevo pronunciamiento con arreglo a la doctrina de "Longobardi". Las costas se distribuyeron por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que las cuestiones planteadas en los presentes autos son sustancialmente análogas a las examinadas por el Tribunal al pronunciarse en la causa V.485.XLIII 'Vaisman, Víctor Gabriel y otro c/ Poder Ejecutivo Nacional - Minist. de Economía y otro s/ amparo', sentencia del 12 de mayo de 2009."
"En consecuencia, tal como allí se decidió resulta aplicable, en lo pertinente, la doctrina de la causa 'Longobardi' (Fallos: 330:5345), votos concurrentes, cuyos fundamentos y conclusiones corresponde dar por reproducidos en razón de brevedad."
Los votos de la jueza Argibay (remitiéndose a "Longobardi" y "Benedetti", Fallos: 331:2006) y de los jueces Lorenzetti y Fayt (remitiéndose a sus disidencias en "Longobardi") son adhesiones por remisión, sin fundamentos propios.
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Fallos que cita
- LongobardiCSJN · Fallos 330:5345
- BenedettiCSJN · Fallos 331:2006
- Vaisman, Víctor Gabriel y otro c/ Poder Ejecutivo NacionalCSJN · 12/05/2009
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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