JurisprudenciaARG
Corte Suprema

RODRIGUEZ ELISEO c/ ANSES s/S/ REAJUSTES VARIOS

El actor reclamó el reajuste de su haber previsional por la aplicación de la ley 23.928 y de los intereses, así como la actualización de la movilidad de la prestación. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios de ambas partes, revocó la sentencia apelada en lo relativo a la ley 23.928 según el precedente Sánchez y la confirmó en lo demás conforme a los precedentes Iglesias y Spitale.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 965. XL. ROR
Reajuste previsional Movilidad jubilatoria Ley 23.928 Prescripcion liberatoria Tasa de interes Ley 24.463 Ley 26.153 Recurso ordinario Anses Haber inicial

¿Quién es el actor?

Eliseo Rodríguez.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber previsional.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedentes los recursos ordinarios interpuestos por ambas partes, revocó la sentencia apelada con el alcance fijado en la causa Sánchez, la confirmó en lo demás según los precedentes Iglesias y Spitale, y ordenó el cumplimiento de la sentencia en el plazo del art. 2° de la ley 26.153. Los agravios de la ANSeS referidos al art. 23 de la ley 24.463 se declararon abstractos por derogación de esa norma. Los restantes agravios del organismo fueron desestimados por falta de fundamentación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"2°) Que las objeciones relacionadas con la incidencia de la ley 23.928 sobre la prestación, suscitan el examen de cuestiones que han sido tratadas por el Tribunal en el precedente 'Sánchez' (Fallos: 328:1602 y 2833), cuyos fundamentos y conclusiones se dan por reproducidos."

"3°) Que la impugnación respecto de la prescripción liberatoria ha sido resuelta por esta Corte en contra de sus pretensiones en la causa I.406.XXXVIII 'Iglesias, Julio c/ ANSeS s/ reajustes varios', fallada el 16 de agosto de 2006, a la que cabe remitir por razón de brevedad."

"4°) Que las objeciones de las partes referentes a la tasa de interés encuentran adecuada respuesta en el precedente 'Spitale' (Fallos: 327:3721), al que cabe remitir."

"5°) Que resulta abstracto el tratamiento de los planteos de la ANSeS referentes al art. 23 de la ley 24.463, pues dicha norma ha quedado derogada según lo dispuesto por la ley 26.153. En virtud de la entrada en vigencia de la última ley citada, el cumplimiento de esta sentencia deberá efectuarse en el plazo allí previsto (conf. art. 2°, ley 26.153)."

"6°) Que los restantes agravios del organismo previsional no se refieren a aspectos específicos de la sentencia cuestionada por lo que carecen del requisito de fundamentación."

Normas que cita

Fallos que cita

  • SánchezCSJN · Fallos 328:1602
  • Iglesias, Julio c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 16/08/2006
  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721

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