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Corte Suprema

SUAREZ HECTOR JORGE c/ ANSES s/OTROS

El actor reclamó la recomposición de su haber previsional para que no quedara limitado por el tope del art. 55 de la ley 18.037. La Corte Suprema revocó la sentencia apelada, declaró la inconstitucionalidad de dicho artículo en concordancia con los precedentes Actis Caporale, Linares Quintana y Novelli de García Salles.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 176. XL. ROR
Recurso ordinario Haber previsional Tope art. 55 ley 18.037 Art. 79 ley 18.037 Recomposicion de haberes Inconstitucionalidad Movilidad jubilatoria Ley 24.463 Anses Linares quintana.

¿Quién es el actor?

Héctor Jorge Suárez.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste del haber previsional (restitución del haber) y cargo al beneficio, con medida cautelar; el reclamo concreto es que la prestación se recompusiera hasta el tope previsto por el art. 55 de la ley 18.037, aplicable por remisión del art. 79 de la misma ley.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedente el recurso ordinario, revocó la sentencia apelada con el alcance indicado en "Linares Quintana" y "Novelli de García Salles", y declaró la inconstitucionalidad del art. 55 de la ley 18.037 en concordancia con "Actis Caporale".

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que contra el pronunciamiento de la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social que confirmó el fallo de la instancia anterior que había ordenado la recomposición del haber de la prestación hasta el tope previsto por el art. 55 de la ley 18.037, el actor dedujo recurso ordinario de apelación que fue concedido según lo dispuesto por el art. 19 de la ley 24.463."

"Que los planteos del demandante en lo que concierne al perjuicio producido por la aplicación del tope del art. 55 de la ley 18.037, al que remite el art. 79 de dicha normativa, han sido resueltos por esta Corte en los precedentes 'Linares Quintana', 'Actis Caporale' y 'Novelli de García Salles' (Fallos: 310:864; 323:4216 y 329:3213), cuyos fundamentos se dan por reproducidos."

El fallo no desarrolla fundamentos propios: remite íntegramente a la doctrina de los precedentes citados.

Normas que cita

  • Ley 18.037arts. 55, 79 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
  • Ley 24.463art. 19 · Solidaridad previsional

Fallos que cita

  • Linares QuintanaCSJN · Fallos 310:864
  • Actis CaporaleCSJN · Fallos 323:4216
  • Novelli de García SallesCSJN · Fallos 329:3213

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