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Corte Suprema

NAVARRO ROLANDO HECTOR Y OTRO s/HOMICIDIO SIMPLE -CAUSA N° 22220-

La Procuración General de la Nación dictaminó que correspondía rechazar la queja por denegación del recurso extraordinario interpuesto contra la condena por homicidio en ocasión de robo. Sostuvo que la defensa no demostró arbitrariedad ni cuestión federal suficiente, y que los agravios sobre la incorporación por lectura de testimonios fueron respondidos por el tribunal de casación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
N. 83. XLIV. RHE
Recurso extraordinario Queja Arbitrariedad Valoracion de la prueba Incorporacion por lectura Testigos Retractacion Derecho de defensa Acordada 4/2007 Homicidio en ocasion de robo

¿Quién es el actor?

Ministerio Público / Estado Provincial de Río Negro (acusación)

¿A quién se demanda?

Rolando Héctor Navarro y otro

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso extraordinario contra la sentencia del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro que rechazó el recurso de casación y confirmó la condena a trece años de prisión por homicidio en ocasión de robo.

¿Qué se resolvió?

Dictamen de la Procuración General de la Nación proponiendo el rechazo de la queja.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En primer lugar debo decir que, salvo la mejor interpretación que de su propia reglamentación puede hacer la Corte, el rechazo del recurso extraordinario se ajusta al régimen instaurado por Acordada N° 4/2007..."

"...la defensa no consigue demostrar en su recurso, y tampoco en la queja, que en el caso se verifique un supuesto de arbitrariedad, en los términos elaborados por V.E., para apartarse de la regla, según la cual las cuestiones de hecho, prueba y derecho común o procesal son propias de los jueces de la causa y ajenas a la vía del art. 14 de la ley 48..."

"...los jueces explicitaron por qué la declaración de Manquemilla no es 'dirimente' en el contexto probatorio reunido, con independencia del uso lingüístico del término por parte del tribunal de juicio."

"...mal pudo cercenarse el derecho al interrogatorio por parte de la defensa cuando ellos sí estuvieron presentes en el juicio."

Normas que cita

  • Constitución Nacionalart. 14
  • Acordada 4/2007arts. 2, 3, 11
  • Ley 48art. 14 · Justicia nacional

Fallos que cita

  • Manquemilla

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