JurisprudenciaARG
Corte Suprema

TORRES JOSE MARIA c/ ANSES s/OTROS

El jubilado José María Torres reclamó el reajuste de sus haberes previsionales frente a la ANSeS. La Corte Suprema declaró parcialmente procedente el recurso ordinario y confirmó la sentencia que ordenó el reajuste según las leyes 22.955 y 24.463, con el alcance fijado en el precedente Spitale.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
T. 542. XL. ROR
Reajuste previsional Movilidad jubilatoria Ley 22.955 Ley 24.463 Ley 26.153 Tasa pasiva de interes Desercion del recurso Recurso ordinario Anses Precedente spitale

¿Quién es el actor?

José María Torres.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes previsionales (reajustes varios, con medida cautelar).

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró parcialmente procedente el recurso ordinario interpuesto, confirmó la sentencia apelada con el alcance que surge del precedente "Spitale" y ordenó el cumplimiento de la sentencia en el plazo del art. 21 de la ley 26.153.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los planteos de la demandada que se refieren a la derogación de las leyes 22.955 y 24.019, no se hacen cargo de lo decidido por la alzada que, sobre el punto, aplicó la solución dada en el precedente que la ANSeS pretende hacer valer, por lo que corresponde declarar la deserción del recurso en ese aspecto."

"Los agravios esgrimidos respecto de los arts. 16 y 22 de la ley 24.463 han devenido abstractos, pues el citado artículo 16 ha sido derogado por la ley 26.153 y el plazo de cumplimiento establecido en la sentencia habrá de ser modificado en virtud de la entrada en vigencia de la última ley mencionada, para adecuarlo al término allí previsto (conf. art. 21)."

"Las objeciones del organismo previsional relacionadas con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en el antecedente 'Spitale' (Fallos: 327:3721), al que cabe remitir."

Normas que cita

Fallos que cita

  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
  • Cassella, CarolinaCSJN

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