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Corte Suprema

ZAPATERA JUAN c/ ENA Y OTROS s/AMPARO LEY 16986

Los actores, ahorristas con depósitos bancarios reprogramados por el corralón financiero, reclamaron el reintegro de sus fondos en dólares convertidos a pesos. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios, dejó sin efecto las sentencias apeladas y reconoció el derecho a obtener el reintegro a la relación de $1,40 por dólar, ajustado por CER más intereses del 4% anual.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Z. 44. XLV. REX
Corralon financiero Depositos en dolares Conversion a pesos Ley 25.561 Decreto 1570/01 Cer Reintegro de depositos Amparo Intereses 4% anual Pagos a cuenta

¿Quién es el actor?

Juan Zapatera y otros ahorristas (causa conexa con los expedientes Anzelini, Castagnetti, Di Rosso, Eyras, Francisconi, Fuentes, García, Maiale, Mercado Luna, Navarro y Torchia).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (ENA), Poder Ejecutivo Nacional y la entidad bancaria depositaria.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

amparo tendiente a obtener la restitución de depósitos en dólares convertidos a pesos en virtud de la Ley 25.561 y decretos 1570/01 y 214/02.

¿Qué se resolvió?

la Corte remite a los fundamentos de los precedentes "Massa" (Fallos: 329:5913) y, en lo pertinente, al voto de Fayt en "Piriz" (Fallos: 330:331). Declara procedentes los recursos, deja sin efecto las sentencias apeladas y reconoce el derecho de los actores al reintegro del depósito a $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, con intereses del 4% anual no capitalizable. Se computan como pagos a cuenta las sumas abonadas durante el pleito y las entregadas por cautelares. Se excluyen los supuestos de extinción de la obligación por canje por bonos o por aplicación del importe a fines específicos (cancelación de deudas financieras, adquisición de inmuebles o automotores). Se aplica la doctrina de "Kujarchuk" (Fallos: 330:3680). Costas de esta instancia en el orden causado; las de las instancias anteriores se mantienen. Devolución directa a los juzgados de primera instancia para su notificación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa 'Massa' (Fallos: 329:5913), sentencia del 27 de diciembre de 2006, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad. El juez Fayt se remite asimismo a las consideraciones efectuadas en su voto emitido en la causa 'Piriz' (Fallos: 330:331), fallada el 6 de marzo de 2007."

Nota: la sentencia es una remisión a precedentes; los fundamentos sustantivos están en "Massa" y "Piriz", no en este texto.

Normas que cita

Fallos que cita

  • MassaCSJN · 27/12/2006 · Fallos 329:5913
  • PirizCSJN · 06/03/2007 · Fallos 330:331
  • KujarchukCSJN · Fallos 330:3680

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