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Corte Suprema

DE LOURERIO ANTONIO OSVALDO Y OTRO c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL Y OTROS s/SUMARISIMO

El actor promovió demanda sumarísima contra el Poder Ejecutivo Nacional y otros por la pérdida de valor de sus depósitos bancarios y de un seguro de retiro. La Corte Suprema confirmó la sentencia respecto del seguro de retiro y la revocó en cuanto al depósito bancario, ordenando dictar un nuevo pronunciamiento conforme a la doctrina de la causa Massa.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
D. 888. XLIII. REX
Deposito bancario Seguro de retiro Pesificacion Conversion a pesos Sumarisimo Doctrina massa Doctrina alvarez Doctrina piriz Costas por su orden Recurso extraordinario.

¿Quién es el actor?

Antonio Osvaldo De Lourerio y Paula Andrea De Lourerio.

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional y otros (Estado Nacional, Banco de la Provincia de Buenos Aires S.A., Nación Seguro de Retiro S.A.).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo sumarísimo vinculado a depósito bancario y a un seguro de retiro afectados por las medidas de conversión y pesificación.

¿Qué se resolvió?

se confirmó la sentencia apelada en lo relativo al seguro de retiro; se la revocó en lo relativo al depósito bancario, con devolución de los autos al tribunal de origen para que dicte nuevo pronunciamiento conforme a "Massa". Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Con relación al depósito bancario resulta aplicable el criterio establecido por el Tribunal en la causa 'Massa' (Fallos: 329:5913), precedente al que se remite por razones de brevedad."

"El juez Fayt comparte tal criterio, y se remite asimismo a las consideraciones expuestas en su voto en la causa 'Piriz' (Fallos: 330:331)."

"Que en lo referente al seguro de retiro resulta aplicable el criterio establecido en la causa A.858.XLII 'Álvarez, Raquel c/ Siembra Seguros de Retiro s/ ordinario', sentencia del 3 de marzo de 2009, a cuyos fundamentos corresponde remitirse."

"Costas por su orden en atención a lo novedoso y complejo de las cuestiones planteadas (art. 68, segunda parte, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

Normas que cita

Fallos que cita

  • MassaCSJN · Fallos 329:5913
  • PirizCSJN · Fallos 330:331

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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