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Corte Suprema

THOMPSON ANDRES ARTURO c/ EN-M° J Y DDHH-ART 3 LEY 24043 RES 1383/06 (EX 451154/98) s/

El actor reclamó el beneficio de la ley 24.043 por el período en que estuvo detenido y por el tiempo en que permaneció exiliado tras su liberación. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó la denegatoria respecto del exilio por falta de prueba de la forzosa salida del país, y la Procuradora Fiscal dictaminó que correspondía revocar esa sentencia en cuanto fue materia de recurso extraordinario.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
T. 13. XLV. REX
Ley 24.043 Exilio Detencion ilegal Beneficio reparatorio Refugiado acnur Prueba de la forzosa salida Recurso extraordinario Dictamen procuracion general Resolucion 1383/06 Ministerio de justicia y derechos humanos.

¿Quién es el actor?

Andrés Arturo Thompson.

¿A quién se demanda?

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

beneficio previsto en la ley 24.043 y sus modificatorias, por el período de detención de seis días y por el período comprendido entre el 20 de febrero de 1977 y el 12 de diciembre de 1983, en el que se exilió.

¿Qué se resolvió?

la Cámara confirmó la Resolución del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos n° 1383/06, que otorgó el beneficio por los seis días de detención y lo denegó por el período del exilio. El dictamen de la Procuración General, en cambio, propone revocar esa sentencia en cuanto fue motivo de recurso extraordinario.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara señaló que "Ylas circunstancias fácticas de esos precedentes eran diferentes a las de la presente causa", en referencia a los casos "Bufano", "Quiroga" y "Geuna", y que "no existía prueba alguna -más allá de sus dichos publicados por un periódico de los Países Bajos- de que se hubiera visto obligado a salir del país".

Indicó que los elementos colectados "podrían alcanzar para comprobar que vivió en Holanda desde 1977, pero que no se había proporcionado prueba con entidad suficiente que demostrase, siquiera mínimamente, que con posterioridad a su liberación sufrió persecuciones".

Examinó el caso "Yofre de Vaca Narvaja" y expresó que el reconocimiento por parte del ACNUR "no resultaba apto para probar la especialísima situación en la que debió hallarse el peticionante".

La Procuradora Fiscal sostuvo que la cuestión presenta analogías con el dictamen del 19 de noviembre de 2008 en la causa "Cortese, María Cecilia c. M° J. y DDHH", resuelta de manera concordante por la Corte, y concluyó que "correspondería revocar la sentencia de fs. 244/245 en cuanto fue motivo de recurso extraordinario".

Normas que cita

Fallos que cita

  • BufanoCSJN
  • QuirogaCSJN
  • GeunaCSJN
  • Yofre de Vaca NarvajaCSJN
  • Cortese, María Cecilia c. M° J. y DDHHCSJN · 19/11/2008

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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