AGUILERA DARIO DAVID c/ EMPRESA 5 DE AGOSTO Y OTRO Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La Corte Suprema admitió la queja de la aseguradora citada en garantía y declaró que la franquicia contractual es oponible al tercero damnificado, por lo que la condena no puede ejecutarse contra la aseguradora más allá de los límites del contrato de seguro. La decisión se adoptó por mayoría, remitiendo a precedentes sobre la misma cuestión.
¿Quién es el actor?
Darío David Aguilera.
¿A quién se demanda?
Empresa 5 de Agosto y otro; la recurrente, Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros, interviene como aseguradora citada en garantía.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reclamo de daños y perjuicios.
¿Qué se resolvió?
por mayoría, se declaró procedente la queja, se revocó la decisión apelada y se admitió que la franquicia prevista en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado, de modo que la sentencia no podrá ser ejecutada contra la aseguradora sino en los límites de la contratación. Costas por su orden en el recurso, con las previsiones del caso.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"los agravios de la recurrente remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas por el Tribunal en Fallos: 329:3054 y 3488; 330:3483; 331:379, y en las causas O.166.XLIII 'Obarrio, María Pía c/ Microómnibus Norte S.A. y otros' y G.327.XLIII 'Gauna, Agustín y su acumulado c/ La Economía Comercial S.A. de Seguros Generales y otro', sentencias del 4 de marzo de 2008, cuyas consideraciones se dan por reproducidas." La jueza Argibay se remite a su disidencia en la causa "Villarreal" (Fallos: 331:379).
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Normas que cita
- Ley 48art. 16 · Justicia nacional
Fallos que cita
- Obarrio, María Pía c/ Microómnibus Norte S.A. y otrosCSJN · 04/03/2008
- Gauna, Agustín y su acumulado c/ La Economía Comercial S.A. de Seguros Generales y otroCSJN · 04/03/2008
- VillarrealCSJN · Fallos 331:379
- Fallos 329:3054CSJN
- Fallos 330:3483CSJN
- Fallos 331:379CSJN
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