CALDERA RUBEN DARIO Y OTROS c/ ANSES s/S/ REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda contra la ANSeS por reajustes varios de sus haberes previsionales, reclamando la aplicación de movilidad y de un índice distinto al fijado por la normativa. La Corte Suprema confirmó la movilidad conforme a los precedentes Sánchez y Badaro, rechazó el cambio de índice por falta de gravamen confiscatorio y revocó la sentencia en lo referido a la quita porcentual conforme a Pellegrini.
¿Quién es el actor?
Rubén Darío Caldera y otros.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes varios de haberes previsionales; movilidad a partir del 11 de abril de 1991; método de recomposición de haberes del período previo a la ley de convertibilidad; quita porcentual; tasa pasiva de interés; aplicación del art. 22 de la ley 24.463.
¿Qué se resolvió?
se declararon procedentes los recursos ordinarios; se ordenó el cumplimiento de la sentencia en el plazo del art. 21 de la ley 26.153; se confirmó la sentencia apelada con el alcance indicado en "Spitale"; se revocó con el alcance de "Sánchez" y "Pellegrini"; y se dispuso que la movilidad por el período indicado en "Badaro" se practique según el índice allí fijado, salvo que los aumentos por decretos del Poder Ejecutivo en el mismo período arrojen una prestación superior.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Considerando 1°: "las objeciones de los actores vinculadas con la movilidad del haber previsional a partir del 11 de abril de 1991, resultan procedentes de acuerdo con lo resuelto por el Tribunal en las causas 'Sánchez' (Fallos: 328:1602 y 2833) y 'Badaro' (Fallos: 329:3089 y 330:4866), a cuyos fundamentos corresponde remitir por razón de brevedad, sin perjuicio de que al practicar la liquidación se descuenten las sumas que pudieran haberse percibido en virtud de los decretos del Poder Ejecutivo que dispusieron incrementos en las prestaciones por el período comprendido entre el 11 de enero de 2002 y el 31 de diciembre de 2006."
Considerando 2°: "Tal planteo no puede prosperar, pues el recurrente sólo expresa una preferencia por un indicador diferente al contemplado en las normas y no ha logrado demostrar que la variable de ajuste fijada le cause un gravamen de magnitud confiscatoria."
Considerando 3°: las impugnaciones referentes a la quita porcentual "suscitan el examen de cuestiones que han sido resueltas por la Corte en la causa P.1182.XXXIX 'Pellegrini, Américo c/ ANSeS s/ reajustes varios', sentencia del 28 de noviembre de 2006, por lo que corresponde revocar la sentencia apelada con dicho alcance."
Considerando 4°: "los agravios de la demandada vinculados con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en el caso 'Spitale' (Fallos: 327:3721), al que cabe remitir por razón de brevedad."
Considerando 5°: "resulta abstracto el tratamiento de los planteos referentes al art. 22 de la ley 24.463, pues dicha norma ha sido modificada por la ley 26.153."
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 26.153arts. 21, 22 · Solidaridad previsional
- Ley 24.463art. 22 · Solidaridad previsional
Fallos que cita
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.