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Corte Suprema

GARIBALDI ISABEL ADELA Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL Y OTRO s/AMPARO

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios y dejó sin efecto las sentencias apeladas en amparos de ahorristas contra el corralito bancario. Reconoció el derecho de los actores a recuperar sus depósitos en dólares convertidos a pesos a $1,40 por dólar, ajustados por CER más intereses del 4% anual, remitiendo a los fundamentos del precedente Massa.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 677. XLV. REX
Corralito bancario Depositos en dolares Pesificacion Ley 25.561 Amparo Cer Intereses Reintegro de depositos Precedente massa Derecho de propiedad

¿Quién es el actor?

Isabel Adela Garibaldi y otros; Sara Estévez de Vázquez; Rodolfo José Giacobino y otro; José Hanada; Silvia Beatriz Leiva; Ricardo Mecías; Amelia Esperanza Pirovano; Silvina María Rodríguez Alcobendas; Samuel Salita y otros; José Martín Torreguitar; Florencio Esteban Vital; María Vicario.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional y entidades bancarias depositarias.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reintegro de depósitos bancarios en dólares estadounidenses, retenidos por las medidas del denominado "corralito" (Ley 25.561, Decretos 1570/01 y 214/02), mediante acciones de amparo.

¿Qué se resolvió?

Se declararon procedentes los recursos extraordinarios y se dejaron sin efecto las sentencias apeladas. Se reconoció el derecho de los actores a obtener el reintegro de su depósito convertido a pesos a $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, más intereses al 4% anual no capitalizable, computando como pagos a cuenta las sumas ya abonadas. Se excluyen los casos en que la obligación se extinguió por canje por bonos o por aplicación del importe a fines específicos. Costas de esta instancia en el orden causado; las de instancias anteriores se mantienen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa 'Massa' (Fallos: 329:5913), sentencia del 27 de diciembre de 2006, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad." El tribunal remitió íntegramente a los fundamentos de ese precedente, y en la parte dispositiva dispuso que el reconocimiento del derecho lo es "con el límite pecuniario que resulta de lo decidido por la cámara". Se aplicó además la doctrina de "Kujarchuk" (Fallos: 330:3680) para el cómputo de pagos a cuenta. Se trató de una resolución unánime de los cuatro jueces firmantes.

Normas que cita

Fallos que cita

  • MassaCSJN · 27/12/2006 · Fallos 329:5913
  • KujarchukCSJN · Fallos 330:3680

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