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Corte Suprema

FORESI RODOLFO MIGUEL c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL Y OTRO s/AMPARO

La Corte Suprema hizo lugar a los recursos extraordinarios de los ahorristas y dejó sin efecto las sentencias apeladas. Reconoció el derecho de los actores a recuperar sus depósitos en dólares convertidos a pesos a $1,40 por dólar, ajustados por CER más intereses del 4% anual.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
F. 827. XLI. RHE
Pesificacion Depositos en dolares Reintegro de deposito Cer Intereses 4% anual Recurso extraordinario Queja Corralito financiero Fallos 329:5913 Kujarchuk

¿Quién es el actor?

Rodolfo Miguel Foresi y otros ahorristas (causas acumuladas).

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional; la entidad bancaria depositaria es obligada al reintegro.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reintegro de depósitos en dólares estadounidenses convertidos a pesos por la pesificación dispuesta por el Estado.

¿Qué se resolvió?

se hacen lugar a las quejas, se declaran procedentes los recursos extraordinarios y se dejan sin efecto las sentencias apeladas. Se declara el derecho de los actores a obtener el reintegro del depósito a $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, más intereses al 4% anual no capitalizable, computando como pagos a cuenta las sumas abonadas en el pleito y en medidas cautelares. Se excluyen los supuestos de canje por bonos o aplicación del importe a fines específicos. Costas de esta instancia en el orden causado; las de instancias anteriores se mantienen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa 'Massa' (Fallos: 329:5913), sentencia del 27 de diciembre de 2006, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad." Se remite además al precedente "Kujarchuk" (Fallos: 330:3680) para el modo de imputar los pagos a cuenta. Se aclara que el texto del precedente se encuentra publicado en la página web del Tribunal. Se dispone la devolución de las actuaciones a los juzgados de primera instancia en razón de la excepcional situación suscitada en esta clase de causas.

Fallos que cita

  • MassaCSJN · 27/12/2006 · Fallos 329:5913
  • KujarchukCSJN · Fallos 330:3680

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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