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Corte Suprema

SERRA HECTOR CALIXTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor reclamó el reajuste de sus haberes previsionales por la aplicación de la movilidad y la tasa de interés, con fundamento en los precedentes Badaro y Spitale. La Corte Suprema declaró parcialmente procedente el recurso de la ANSeS, admitió el del actor, confirmó la tasa de interés aplicada y dispuso que la movilidad se practique según el índice fijado en Badaro, salvo que los aumentos por decretos arrojen una prestación superior.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 1343. XL. ROR
Reajuste de haberes previsionales Movilidad jubilatoria Precedente badaro Tasa de interes Precedente spitale Ley 26.153 Ley 24.463 Anses Recurso ordinario Fundamentacion de agravios

¿Quién es el actor?

Héctor Calixto Serra.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes previsionales desde el 11 de enero de 2002 hasta fines de 2006, y cuestiones vinculadas a los artículos 22 y 23 de la ley 24.463 y a la tasa de interés aplicada.

¿Qué se resolvió?

se declaró parcialmente procedente el recurso ordinario de la ANSeS y procedente el interpuesto por el actor; se ordenó el cumplimiento de la sentencia en el plazo del art. 21 de la ley 26.153; se confirmó la sentencia apelada respecto de la tasa de interés aplicada en concordancia con "Spitale"; y se dispuso que la movilidad por el período indicado en "Badaro" se practique según el índice allí fijado, salvo que los incrementos dispuestos por decretos del Poder Ejecutivo durante igual período arrojen una prestación superior, caso en el cual deberá estarse a su resultado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las impugnaciones del actor atinentes al reajuste de haberes solicitado desde el 11 de enero de 2002 hasta fines del año 2006, resultan procedentes de acuerdo con lo resuelto por este Tribunal en el precedente 'Badaro' (Fallos: 329:3089 y 330:4866) y en la causa E.131.XLIV 'Elliff, Alberto José c/ ANSeS s/ reajustes varios', sentencia del 11 de agosto de 2009, a cuyas consideraciones corresponde remitir por razones de brevedad."

"Deviene abstracto el tratamiento de las cuestiones que se refieren a los artículos 22 y 23 de la ley 24.463, pues el art. 23 ha sido derogado por la ley 26.153 y, en virtud de la entrada en vigencia del último cuerpo legal citado, el cumplimiento de esta sentencia deberá efectuarse en el plazo allí previsto (conf. art. 21)."

"Los agravios del organismo previsional vinculados con la tasa de interés aplicada encuentran adecuada respuesta en el precedente 'Spitale' (Fallos: 327:3721), cuyas conclusiones se dan por reproducidas."

"Los restantes agravios de la ANSeS no se refieren a aspectos específicos de la sentencia cuestionada, por lo que carecen del requisito de fundamentación."

Normas que cita

Fallos que cita

  • BadaroCSJN · Fallos 329:3089
  • BadaroCSJN · Fallos 330:4866
  • Elliff, Alberto José c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 11/08/2009
  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721

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