CORRIENTES, PROVINCIA DE c/ ESTADO NACIONAL s/ACCION DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Provincia de Corrientes demandó al Estado Nacional por la omisión en sancionar la ley de Coparticipación Federal y por la inconstitucionalidad de distintas normas del régimen de coparticipación y de derechos de exportación. La Procuración General dictaminó que la causa corresponde a la competencia originaria de la Corte Suprema, por ser parte una provincia y el Estado Nacional.
¿Quién es el actor?
Provincia de Corrientes.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional (Poder Ejecutivo Nacional y Congreso de la Nación).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
(1) declarar la inconstitucionalidad de la omisión legislativa de sancionar la ley de Coparticipación Federal prevista en la Cláusula Transitoria Sexta; (2) declarar la inconstitucionalidad del régimen de coparticipación vigente; (3) declarar la inconstitucionalidad del decreto PEN 2443/93 y normas que afecten la remisión automática de fondos coparticipables; (4) declarar la inconstitucionalidad del art. 755 del Código Aduanero y de las delegaciones que permiten gravar exportaciones con derechos; (5) declarar la inconstitucionalidad de la ley 25.918 de delegación legislativa; y (6) determinar una solución justa para la provincia hasta que se cumpla lo solicitado.
¿Qué se resolvió?
Nada se resolvió en sentido estricto. Se corrió vista al Ministerio Público por la competencia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Transcripción textual relevante:
> "toda vez que la Provincia de Corrientes -a quien le concierne la competencia originaria de la Corte, de conformidad con el art. 117 de la Constitución Nacional- demanda al Estado Nacional --quien tiene derecho al fuero federal, según lo dispuesto en el art. 116 de la Ley Fundamental-- la única forma de conciliar ambas prerrogativas jurisdiccionales es sustanciando la acción en esta instancia originaria (Fallos: 317:746; 320:2567; 323:1110; 331:322, entre otros)."
> "En consecuencia, opino que el proceso debe tramitar ante los estrados del Tribunal."
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Normas que cita
- Constitución Nacionalarts. 116, 117, Cláusula Transitoria Sexta
- Ley 25.918Poder ejecutivo nacional
- Decreto 2443/93
Fallos que cita
- Fallos 317:746CSJN
- Fallos 320:2567CSJN
- Fallos 323:1110CSJN
- Fallos 331:322CSJN
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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