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Corte Suprema

MARTINEZ CASTELLA BEATRIZ ELENA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema admitió los recursos ordinarios de la actora y de la ANSeS, confirmó la tasa de interés fijada en Spitale y revocó las pautas de cálculo del haber inicial y de movilidad, haciendo lugar a la demanda. Declaró que el beneficio de la actora está alcanzado por el Decreto 538/1975 y las leyes 23.895 y 24.016.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 2003. XXXIX. ROR
Jubilacion docente Decreto 538/1975 Ley 23.895 Ley 24.016 Movilidad jubilatoria Haber inicial Renuncia condicionada Decreto 8820/62 Tasa de interes Ensenanza diferenciada

¿Quién es el actor?

Beatriz Elena Martínez Castella, docente con más de 25 años de servicios al frente de grado en establecimientos de enseñanza diferenciada.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes del haber jubilatorio, en particular la fecha del cese, el haber inicial, la movilidad y la aplicabilidad de la ley 24.016.

¿Qué se resolvió?

se confirmó la tasa de interés en concordancia con "Spitale"; se revocó lo relativo a las pautas para el haber inicial y la movilidad; se hizo lugar a la demanda y se estableció que el beneficio está alcanzado por el Decreto 538/1975 y las leyes 23.895 y 24.016.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...la renuncia al cargo en las condiciones del decreto 8820/62 equivale a una cesación de servicios a los fines previsionales; una vez formalizada no es posible una retractación y la fecha en que fue presentada determina con carácter definitivo la situación del agente en pasividad (Fallos: 280:332; 291:181; 294:187 y 329:2261, entre otros)."

"...en virtud de las sucesivas prórrogas dispuestas por los arts. 11 de la ley 24.017, 11 de la ley 24.175 y 157 de la ley 24.241, el mencionado decreto se encuentra vigente y resulta de aplicación al caso, por lo que corresponde encuadrar la prestación en el régimen especial que establece..."

"...como al tiempo de entrar en vigor la ley 24.016 tenía cumplidos holgadamente los requisitos para obtener la recomposición de su beneficio según la proporción fijada en esas disposiciones, le asiste razón con respecto al método de movilidad que pretende."

"...los planteos del organismo previsional, que se dirigen a objetar la tasa de interés aplicada, encuentran adecuada respuesta en el precedente 'Spitale' (Fallos: 327:3721), cuyas conclusiones se dan por reproducidas."

Normas que cita

Fallos que cita

  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
  • GarcíaCSJN · Fallos 328:2824
  • BaudouCSJN
  • Fallos 280:332CSJN
  • Fallos 291:181CSJN
  • Fallos 294:187CSJN
  • Fallos 329:2261CSJN

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