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Corte Suprema

POLIMENI VICENTE c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema revocó parcialmente las sentencias apeladas en reclamos previsionales por movilidad de haberes, extendiendo a períodos posteriores el criterio de movilidad fijado en el precedente Badaro. La decisión remite, por razones de brevedad, a los fundamentos del precedente Cirillo resuelto el 27 de mayo de 2009.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 872. XLIV. RHE
Movilidad jubilatoria Haberes previsionales Precedente badaro Precedente cirillo Reajuste de haberes Anses Seguridad social Recurso de queja Revocacion parcial Actualizacion previsional

¿Quién es el actor?

Vicente Polimeni y otros reclamantes (Josefa Caridi, Manuel Cores, Olga Julia Fedyk, Marcelo Adolfo Marghetich, Ines Rodriguez, Castulo Manuel Rodriguez, Pedro Luis Romano), en los autos acumulados en esta resolución.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes previsionales por movilidad, con base en la extensión del criterio de movilidad del precedente "Badaro" (Fallos: 329:3089 y 330:4866) a períodos posteriores al examinado en dicha causa.

¿Qué se resolvió?

la Corte revocó parcialmente las sentencias apeladas, con el alcance que surge del precedente "Cirillo" (Rafael c/ ANSeS s/ reajustes varios, votos concurrentes, fallado el 27 de mayo de 2009). Se ordenó notificar, agregar las quejas a los autos principales y devolver las actuaciones.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que la cuestión que se plantea en autos, relacionada con la extensión del criterio de movilidad del precedente 'Badaro' (Fallos: 329:3089 y 330:4866) a períodos posteriores al examinado en dicha causa, ha sido resuelta por el Tribunal en el antecedente C.1074.XLIV 'Cirillo, Rafael c/ ANSeS s/ reajustes varios', votos concurrentes, fallado el 27 de mayo de 2009, a cuyas consideraciones corresponde remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."

Dado que el fallo remite a "Cirillo", la solución concreta depende de los fundamentos de ese precedente, que no se transcriben en este documento.

Normas que cita

  • Constitución Nacional

Fallos que cita

  • BadaroCSJN · Fallos 329:3089
  • BadaroCSJN · Fallos 330:4866
  • Cirillo, Rafael c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 27/05/2009

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