FERNANDEZ MARTA IMELDA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Corte Suprema confirmó la sentencia que ordenó a la ANSeS practicar una nueva liquidación del haber previsional conforme a la ley 3900 de la Provincia de San Luis. Rechazó los planteos de caducidad por considerarlos ineficaces, remitiendo a los precedentes Blanco de Mazzina y Moyano.
¿Quién es el actor?
Marta Imelda Fernández.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste del haber previsional.
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró procedente el recurso ordinario de la ANSeS y confirmó la sentencia apelada, con el alcance que surge de los precedentes citados. Por lo tanto, la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social que ordenó recalcular el haber según la ley 3900 de San Luis queda confirmada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que el organismo previsional sostiene que el reajuste ordenado por la cámara resulta improcedente porque fue solicitado con posterioridad al plazo de caducidad previsto por la cláusula cuarta del convenio de transferencia del régimen de jubilaciones de la Provincia de San Luis al sistema nacional, regulado por las leyes 24.241 y 24.463."
"Que tales planteos resultan ineficaces para modificar la solución adoptada, habida cuenta de que remiten al tratamiento de cuestiones que han sido examinadas por esta Corte en contra de las pretensiones de la demandada en las causas 'Blanco de Mazzina' (Fallos: 331:232) y M.1629.XL 'Moyano, Alberto c/ ANSeS s/ reajustes varios', sentencia del 9 de junio de 2009, a cuyas consideraciones corresponde remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."
El fallo es unánime; no contiene votos en disidencia.
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Normas que cita
- Ley 3900 (San Luis)
- Ley 24.463art. 19 · Solidaridad previsional
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
Fallos que cita
- Blanco de MazzinaCSJN · Fallos 331:232
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