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Corte Suprema

CATARATAS 2.000 S.R.L. c/ MISIONES, PROVINCIA DE Y OTROS Y OTRO s/ACCION DECLARATIVA DE CERTEZA

La empresa Cataratas 2000 S.R.L. promovió una acción declarativa de certeza contra la Provincia de Misiones, el Estado Nacional y la Administración de Parques Nacionales por la sanción de la ley provincial 4467, que crea el Parque Provincial del Río Iguazú sobre terrenos del Parque Nacional Iguazú. La Procuración General dictaminó que la causa corresponde a la competencia originaria de la Corte Suprema por las partes involucradas y su contenido federal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 1696. XLIV. ORI
Competencia originaria Accion declarativa de certeza Parque nacional iguazu Dominio publico nacional Ley provincial 4467 Jurisdiccion federal Competencia ratione personae Inconstitucionalidad Concesion Provincia de misiones.

¿Quién es el actor?

Cataratas 2000 S.R.L., integrante de la UTE "Carlos E. Enríquez S.A. y otros UTE", concesionaria del Parque Nacional Iguazú (Licitación Pública Nacional 4/95).

¿A quién se demanda?

Provincia de Misiones, Estado Nacional y Administración de Parques Nacionales.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

obtener el cese del estado de incertidumbre generado por la ley provincial 4467 (promulgada por decreto 2338/08 y publicada el 6 de noviembre de 2008), que crea el "Parque Provincial del Río Iguazú" sobre terrenos del Parque Nacional Iguazú. La actora sostiene que la ley es inconstitucional por arrogarse la provincia facultades de jurisdicción, disposición y administración sobre bienes del dominio público nacional, y que ello afecta su contrato de concesión, violentando las leyes 12.103, 14.294 y 22.351.

¿Qué se resolvió?

la Procuración General dictaminó (no resolvió) que la Provincia de Misiones tiene interés directo en el pleito y que la causa corresponde a la competencia originaria de la Corte Suprema ratione personae, así como por su manifiesto contenido federal (arts. 116, 117, 31 y 75 inc. 30 de la Constitución Nacional; art. 21 inc. 11 de la ley 48). Opina que el proceso debe tramitar ante la Corte.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...la única forma de conciliar ambas prerrogativas jurisdiccionales es sustanciando la acción en esta instancia originaria".

"...el juicio reviste manifiesto contenido federal, dado que la falta de certeza de la actora tiene su origen en un acto legislativo de la Provincia de Misiones cuya inconstitucionalidad se discute".

"...está en juego la preservación de las órbitas de competencia entre los poderes del Gobierno federal y los de un Estado provincial, y por lo tanto, la aplicación de los arts. 31 y 75, inc. 30, de la Constitución Nacional".

Remite además al dictamen de la misma Procuración en la causa A. 1316. XLIV, "Administración de Parques Nacionales c/ Misiones, Provincia de s/ acción declarativa de inconstitucionalidad", en el que la Corte se expidió de conformidad el 29 de diciembre de 2008.

Normas que cita

  • Constitución Nacionalarts. 116, 117, 31, 75 inc. 30
  • Ley 12.103
  • Ley 14.294
  • Ley 22.351Parques nacionales
  • Ley 4467 (Misiones)
  • Ley 48art. 21 inc. 11 · Justicia nacional
  • Decreto 2338/08 (Misiones)

Fallos que cita

  • Administración de Parques Nacionales c/ Misiones, Provincia de s/ acción declarativa de inconstitucionalidadCSJN · 29/12/2008
  • Papel Prensa S.A. c/ Estado Nacional - Provincia de Buenos Aires como tercera s/ acción meramente declarativaCSJN · 21/05/2008

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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