JurisprudenciaARG
Corte Suprema

TILLAR DE LOPEZ ELIS c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL Y OTRO s/AMPARO

La Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar a la queja interpuesta por Nación Seguros de Retiro S.A. y declaró formalmente procedente el recurso extraordinario en el juicio promovido por Elis Tillar de López contra el Poder Ejecutivo Nacional. Confirmó la sentencia apelada remitiendo a la doctrina fijada en los precedentes Álvarez y Benedetti.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
T. 660. XLI. RHE
Recurso de hecho Queja Recurso extraordinario Seguros de retiro Remision a precedentes Doctrina benedetti Doctrina alvarez Costas por su orden Complejidad de la cuestion Poder ejecutivo nacional

¿Quién es el actor?

Elis Tillar de López.

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional; en el recurso de hecho, Nación Seguros de Retiro S.A. (recurrente).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

no surge del texto de la resolución, que se limita a remitir a precedentes.

¿Qué se resolvió?

se hace lugar a la queja, se declara formalmente procedente el recurso extraordinario y se confirma la sentencia apelada. Las costas se imponen por su orden en atención a la complejidad de la cuestión debatida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas en los presentes autos son sustancialmente análogas a las examinadas por el Tribunal al pronunciarse en la causa A.858.XLII 'Álvarez, Raquel c/ Siembra Seguros de Retiro S.A. s/ ordinario', sentencia del 3 de marzo de 2009 (voto de la mayoría y concurrente del juez Fayt), a la que cabe remitirse por motivos de brevedad."

"Por lo tanto, y de acuerdo con lo resuelto en tal precedente, resulta aplicable en estos autos, en lo pertinente, la doctrina establecida por la Corte en la causa 'Benedetti' (Fallos: 331:2006) (voto de la mayoría y concurrente de la jueza Argibay), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde asimismo remitirse."

La sentencia no desarrolla argumentos propios; su fundamento consiste en la remisión a los precedentes citados.

Normas que cita

  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Álvarez, Raquel c/ Siembra Seguros de Retiro S.A.CSJN · 03/03/2009
  • Fallos 331:2006CSJN

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.