H.J. NAVAS Y CIA SACIA c/ BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES s/AMPARO
La Corte Suprema hizo lugar a la queja del Banco de la Provincia de Buenos Aires, declaró admisible el recurso extraordinario y revocó la sentencia de la Cámara Federal de Mar del Plata. Remitió la causa para que se dicte un nuevo fallo conforme a los precedentes Agüero y Coronel, dictados el 12 de mayo de 2009.
¿Quién es el actor?
H.J. Navas y Cía. Sacia.
¿A quién se demanda?
Banco de la Provincia de Buenos Aires (recurrente en queja).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de hecho deducido por la demandada contra la sentencia de la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, que había denegado el recurso extraordinario.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la queja, se declaró formalmente admisible el recurso extraordinario y se revocó la sentencia apelada, con costas por su orden por tratarse de un régimen jurídico novedoso. La causa se devuelve para que se dicte nuevo fallo con arreglo a la doctrina de los precedentes mencionados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que las cuestiones planteadas en los presentes autos son sustancialmente análogas a las consideradas en las causas A.1518.XXXIX 'Agüero, Máximo José y Ovejero Cornejo de Agüero, Teresa c/ Banco de la Nación Argentina s/ acción declarativa de inconstitucionalidad' y C.2682.XXXIX 'Coronel, Jorge Fernando c/ Estado Nacional y otros s/ amparo e inconstitucionalidad', ambas falladas el 12 de mayo de 2009, a cuyos fundamentos corresponde remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad." El texto de los precedentes se encuentra publicado en la página web del Tribunal (www.csjn.gov.ar).
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Fallos que cita
- Agüero, Máximo José y Ovejero Cornejo de Agüero, Teresa c/ Banco de la Nación Argentina s/ acción declarativa de inconstitucionalidadCSJN · 12/05/2009
- Coronel, Jorge Fernando c/ Estado Nacional y otros s/ amparo e inconstitucionalidadCSJN · 12/05/2009
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